La jueza Silvina Domínguez ordenó alojar a cuatro detenidas en una cárcel ubicada a 1.600 kilómetros de su comunidad.
Por Canal26
Jueves 6 de Octubre de 2022 - 07:21
Operativo contra usurpaciones mapuches. Foto: NA.
Las tomas de tierras y propiedades en la zona de Villa Mascardi siguen teniendo en vilo a los habitantes de esa zona patagónica de la Argentina. Los operativos que fueron organizados por el Gobierno a pedido de la gobernación rionegrina y que contó con la participación de efectivos de la Policía y la Gendarmería, derivó en varias detenciones. Con ese marco, ahora los abogados de cuatro mujeres detenidas en el marco del desalojo de integrantes de la comunidad mapuche en Lago Mascardi le pidieron a la jueza federal local Silvina Domínguez que deje sin efecto la orden de traslado al penal de Ezeiza para su alojamiento temporario mientras se resuelve su situación procesal.
Andrea Reile y Ezequiel Palavecino presentaron el pedido de “reposición y/o revocatoria con apelación en subsidio” en el marco de la causa por “incendio y atentado contra la autoridad” en la que están detenidas Martha Luciana Jaramillo, Andrea Despol, Florencia Melo y Débora Vera.
La jueza dispuso en la víspera "el traslado para el alojamiento de las detenidas”, en tanto que otras dos mueres lactantes representantes de la comunidad mapuche permanecerán en la provincia de Río Negro.
Los abogados consideraron respecto de las cuatro mujeres a las que sí alcanza la medida de la magistrada que “trasladarlas a más de 1.600 kilómetros de su grupo familiar y lugar habitual de residencia, atento que dicha medida les causa un perjuicio adicional a su privación de libertad”.
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En ese sentido, sostuvieron que “deben agotarse las posibilidades de alojarlas en algún lugar provincial o municipal adecuado o resolver su situación procesal. Incluso el hospital local, con la debida custodia, sería un lugar más adecuado y cercano con sus familias, sus tradiciones y sus abogados defensores”.
El planteo subrayó que “el nuevo protocolo del Servicio Penitenciario Federal indica que no se podrá ordenar el traslado de personas privadas de libertad embarazadas o aquellas a las que se haya autorizado a permanecer junto a sus hijas o hijos en el establecimiento penitenciario”.
“Es tan equivocada la resolución impugnada que carece de perspectiva de género, impidiendo que cualquier mujer sea detenida aun preventivamente en esta ciudad dado que una de las detenidas está embarazada, todo lo cual además hace más riesgoso el traslado”, añade el escrito.
La Liga Argentina por los Derechos Humanos repudió la decisión de la jueza.
“Utilizando la famosa y para nada prestigiosa doctrina ‘antiterrorista’ en abierta violación de tratados internacionales de derechos humanos y de la Constitución Nacional que reconoce la identidad y preexistencia de los pueblos originarios, pretende sacar de su tierra para aislar a las personas de su entorno y comunidad, lo que en el caso de las personas mapuche con un fuerte arraigo espiritual a sus tierras reviste una doble saña que no debemos tolerar”, sostuvo la organización en un comunicado.
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