En el Boletín Oficial, se informó que las investigaciones se iniciaron a raíz de la consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL).
Por Canal26
Lunes 25 de Septiembre de 2023 - 10:13
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) tomó una drástica medida tras una minuciosa investigación tras la denuncia de un consumidor: la prohibición de la comercialización de un tipo de aceite de oliva por considerarlo perjudicial para la salud.
A través de la Disposición 7834/2023, emitida y publicada en el Boletín Oficial de la Nación el pasado lunes, la ANMAT anunció la prohibición de una marca específica de aceite de oliva. Esta decisión se basó en una investigación que se inició en respuesta a una denuncia sobre la marca en cuestión y, tras un riguroso análisis, se concluyó que su comercialización era ilegal.
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Según el Boletín Oficial, las investigaciones se originaron a partir de una consulta realizada por un particular al Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación con la venta de un producto identificado como "Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Colina del Rey, Cont. Neto 2 L, Consumir preferentemente antes de marzo 2025, Lote N°: 0002, RNE: 02-270637, RNPA: Expte: N° 02.645950, Origen Mendoza, Envasado por Casanova S.A.", el cual se considera que no cumple con la normativa alimentaria vigente.
Tras el proceso de investigación, la ANMAT dictaminó lo siguiente: "Se prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, así como en las plataformas de venta en línea, del producto denominado 'Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Colina del Rey, RNE: 02-270637, RNPA: Expte: N° 02.645950, Origen Mendoza, Envasado por Casanova S.A.'".
Esta prohibición se debe a que el producto carece de registros sanitarios tanto para el establecimiento como para el producto en sí, además de estar falsamente etiquetado al mostrar números de registros que no existen, lo que lo convierte en un producto ilegal para su circulación y posterior consumo.
En su segundo artículo, la ANMAT añadió: "Se prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que muestren en sus etiquetas los registros sanitarios RNE N° 02-270637 y RNPA: Expte: N° 02.645950, debido a que se trata de productos con etiquetados falsos que utilizan números de RNE y RNPA que no existen, lo que los hace ilegales en consecuencia".
Esta medida de la ANMAT tiene como objetivo proteger la salud pública y garantizar que los productos alimenticios en el mercado cumplan con las regulaciones y estándares necesarios para su consumo seguro dentro de la industria alimentaria.
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