Anmat prohibió la venta de dos marcas de aceite de oliva y la de un suplemento alimenticio

El organismo encontró que carecían de los requisitos mínimos para su venta o eran ilegales por falta de fiabilidad de sus componentes.

Por Canal26

Jueves 5 de Diciembre de 2024 - 07:09

Aceite de oliva Aceite de oliva

Las Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este jueves la comercialización dos aceites de oliva y una serie de productos médicos.

La medida fue publicada este jueves a la madrugada en el Boletín Oficial. Mediante la disposición 10736/2024, la entidad sacó del mercado la marca “aceite de Oliva Sabor Clásico Extra Virgen, marca Olivos San Cayetano, Elaborado y Fraccionado por Establecimiento, RNE: 13004677, RNPA: En trámite, Hab. Municipal 855 933 A 2011, Origen: Maipú, Mendoza”.

Anmat prohibió la comercialización de un suplemento alimenticio y dos aceites de oliva. (Foto: ANMAT). Anmat prohibió la comercialización de un suplemento alimenticio y dos aceites de oliva. (Foto: ANMAT).

La decisión se debe a que la entidad consideró que el producto carecía de “registros de establecimiento y de producto” y que estaba “falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un número de RNE dado de baja, un RNPA inexistente y un número de habilitación municipal inexistente, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

ANMAT. Fuente: NA ANMAT. Fuente: NA.

En tanto, la Disposición 10734/2024 fija la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, del producto: “Aceite de oliva extra virgen marca Valle Gran; Elaborado: RNPA 180001695; Fraccionado: FECOAGROS; Rodríguez s/n, Santa Lucía, San Juan, Argentina; RNE 18000615″ en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un número de RNE dado de baja y un número de RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

Aceite de oliva. Foto: NA

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Suplemento alimenticio

Por último, en la disposición 10732/2024, el organismo determinó que el suplemento alimenticio marca “Ak3 GOLD” y sus variantes quedaran prohibidos dado que no se pudo confirmar la trazabilidad de sus productos y agregados. Además, carecía de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), resultando ser en consecuencia ilegales.

Además se identificó la venta en línea de otros suplementos de la misma marca, cuyos rótulos en portugués sugieren que tampoco cuentan con registros ni antecedentes de ingreso al país.

Estos productos infringieron varias normativas al carecer de registros y trazabilidad, siendo declarados ilegales. Por tanto, se recomendó prohibir su elaboración, distribución y venta en todo el territorio nacional.

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