En junio se cobrará el el salario de mayo con un aumento del 7% de acuerdo a lo pactado con los empleados del sector. Los detalles.
Por Canal26
Lunes 29 de Mayo de 2023 - 18:30
A comienzo de este año, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares estableció tres aumentos no acumulativos, con base en los salarios de marzo de 2023, para las trabajadoras del sector. En este contexto, el último tramo del acuerdo paritario comenzará a regir a partir de junio.
Los aumentos acordados fueron de 14% en abril, 7% en mayo, (que se paga en junio) y 6% en junio. También se estableció una revisión para evaluar el impacto de la inflación en la remuneración que reciben las empleadas domésticas y que tendrá lugar el próximo 25 de julio.
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La escala salarial que rige desde mayo, y que se pagará el próximo mes varía de acuerdo a cada categoría.
En tanto, para el personal que preste tareas en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, o en el partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires, se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías.
El pago para el personal de casas particulares debe realizarse en días hábiles, en el lugar de trabajo y durante las horas de prestación de servicios, mientras que para el personal mensualizado, la retribución se debe hacer dentro del cuarto día hábil del vencimiento de cada mes calendario. Por otro lado, para el personal remunerado por hora, el pago se debe hacer al finalizar cada jornada o cada semana según fuera convenido.
Según el acuerdo, al personal que prestare servicios en horas extras se le debe abonar un recargo del 50% calculado sobre el salario habitual si se tratare de días comunes. Y un recargo del 100% en días sábados después de las trece horas, en días domingo y feriados.
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Se deberá abonar un adicional del 1% por año trabajado en los salarios mensuales, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. La antigüedad se considera desde el 1° de septiembre de 2020, es decir, tomando como un año completo al 1° de septiembre de 2021.
Por otro lado, en julio los empleadores le deberán pagar al personal de casas particulares el primer Sueldo Anual Complementario (SAC) del año, pago es equivalente al 50% de la mayor remuneración mensual abonada en el semestre (de enero a junio).
En tanto, en el caso de las empleadas de casas particulares, el aguinaldo se abona a la finalización de los semestres de junio y diciembre. Si la prestación de servicios es inferior a los seis meses, deberá liquidarse en forma proporcional a los meses trabajados.
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