Dólar: tras las nuevas restricciones, qué se puede hacer y qué no

En el segundo día hábil desde la norma del BCRA, el mercado trata de volver a operar. Conocé todos los detalles en la nota.

Por Canal26

Martes 17 de Agosto de 2021 - 19:32

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El Banco Central (BCRA) resolvió que las operaciones de pago y acreditación en moneda extranjera con títulos valores deben cursarse con cuentas del mismo titular y, en caso de hacerse desde el exterior, no pueden hacerse a través de países o territorios que sean considerados "paraísos fiscales".

 

La normativa buscó prevenir el lavado de activos y la evasión fiscal, acorde a prácticas alineadas con las recomendaciones de organismos internacionales como el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

 

Ante esto, en el segundo día hábil de la nueva normativa, surgieron muchas dudas que pasamos a develar.

 

¿Se puede comprar dólar MEP?

 

La primera parte de la operación no sufrió trabas: se puede girar pesos a la cuenta comitente sin trabas y comprar el bono en cuestión normalmente.

 

Las nuevas trabas empiezan a pesar en la segunda parte de la operación. Como la nueva norma impide tener saldos en dólares en la cuenta comitente producto de la liquidación en moneda extranjera de títulos valores, una vez vendido el bono a cambio de divisas esos dólares no pueden quedar en la cuenta comitente. Se deben transferir de inmediato a una cuenta bancaria.

 

Contado con liquidación

 

En el caso que se haga contra dólar cable -más conocido como contado con liquidación (CCL)- sobre cuentas bancarias a nombre del cliente en una entidad del exterior, la cuenta no podrá estar constituida en países o territorios donde no se aplican, o no aplican suficientemente, las recomendaciones del GAFI.

 

"En ningún caso, se permitirá la liquidación de estas operaciones mediante el pago en billetes en moneda extranjera o mediante su depósito en cuentas custodia o en cuentas de terceros", señaló en un comunicado la institución que preside Miguel Pesce.

 

Dólares atrapados

 

Uno de los puntos más débiles de las nuevas normativas es el que pesa sobre las tenencias de residentes argentinos en cuentas de inversión en el exterior. 

 

Para fondearlas, es decir para que un argentino pueda poner dólares en ellas con el fin de invertir en acciones, fondos y otros activos del exterior se necesita una operación de “dólar cable” o “contado con liquidacón”. Algo que no se puede concretar, ahora, sin cuenta bancaria.

 

Riesgo para las transferencias

 

Algunas sociedades de Bolsa están resolviendo las trabas del jueves pasado haciendo transferencias automáticas a cuentas bancarias.

 

Así, por ejemplo, si un cliente compró dólar MEP la sociedad directamente transfiere esos dólares a la cuenta bancaria del titular. Otras, postergan las transferencias al cierre de la rueda: dejan que el propio cliente cumpla la norma según sus preferencias y, si no transfiere, lo hacen por él al final del día

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