Es por el cobro de una tasa a empresas del grupo por el ingreso de productos alimenticios a la provincia de Neuquén.
Por Canal26
Martes 8 de Enero de 2019 - 21:29
La empresa Arcor S.A.I.C. obtuvo un fallo favorable de la Corte Suprema de Justicia, que ordenó a la provincia de Neuquén que “se abstenga” de cobrarle a empresas que integran el grupo empresarial el pago de una tasa bromatológica por el ingreso de productos alimenticios.
El tribunal ratificó así una cautelar a favor de la firma que había cuestionado la constitucionalidad de la tasa a productos elaborados por las firmas La Campagnola y Bagley Argentina, ambas de su propiedad.
La compañía detalló que si bien, acatando un fallo anterior, el organismo de Control de Ingreso Provincial de Productos Alimenticios (Cippa) de Neuquén no le cobra a Arcor la tasa de inspección bromatológica, sí lo hace con relación a productos de sus controladas.
También expuso que el organismo provincial detiene en los puntos de control los vehículos que transportan los productos que comercializa y que llava a cabo una sepación exigiendo el arancel por algunos de sus productos.
La empresa, detalló que “por razones de eficiencia y en virtud de la relación societaria”, La Campagnola y Bagley le han encargado la “comercialización, transporte e introducción de sus productos en diversas jurisdicciones del país, entre las que se incluye a la demandada”.
“Los productos propios y de las dos referidas compañías vinculadas son enviados a centros de logística de Arcor S.A.I.C., desde los cuales se despachan mediante transportes terrestres a todo el país”, agregó.
El máximo tribunal, consideró que “la Provincia del Neuquén pretende realizar inspecciones sanitarias sobre determinados productos por el hecho de que han sido elaborados en otra jurisdicción e ingresan a su territorio para su comercialización y en lugares distintos al previsto por el Sistema Nacional de Control de Alimentos, esto es, en las ‘bocas de expendio’”. A partir de ello dictaron la ampliación de la medida cautelar.
El presidente de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrantz y los ministros Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti fueron quienes firmaron el fallo.
Arcor no es la primera empresa en disputar legalmente las restricciones al comercio, en 2016 obtuvo un fallo similar la compañía Ilolay y a fines de 2017, el tribunal también le ordenó a la provincia que “se abstenga de impedir u obstaculizar” el ingreso y la distribución de los productos elaborados por Compañía Industrial Cervecer por sus marcas Schneider, Heineken, Budweiser y Palermo, entre otras.
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