Dicha ley está contemplada en el artículo 140 de La ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, la N° 24.660 y lo que hace es achicar el tiempo para solicitar beneficios como salidas transitorias, libertad asistida o libertad condicional una vez que el juzgado lo acepte.
Por Canal26
Sábado 13 de Febrero de 2021 - 14:55
Presos estudiando, cárceles argentinas.
La Ley de Estímulo Educativo fue uno de los temas más comentados luego de conocerse que el ex vicepresidente, Amado Boudou, pudo acceder a dicho beneficio. Una docente de Complejo Penitenciario Federal 4 de Ezeiza se refirió al tema: "Les venden humo. Hay muchas promesas imposibles de ser realizadas. Y ellas les creen. Fantasean".
La mujer agregó: "Ellas se la pasan sacando cuentas: suponete que calculan tres meses por los cursos, más otros tres meses por haber terminado la secundaria. El tema es que con eso no alcanza, porque todo termina en la decisión de un juez, que nunca resuelve como resolvieron con Boudou”.
Dicha ley está contemplada en el artículo 140 de La ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, la N° 24.660 y lo que hace es achicar el tiempo para solicitar beneficios como salidas transitorias, libertad asistida o libertad condicional una vez que el juzgado lo acepte.
Para tener en cuenta, cada ciclo lectivo anual equivale a un mes de adelantamiento; un curso de formación profesional anual o equivalente, a dos meses por año. En cuanto respecta a un detenido, el máximo acumulado es de 20 meses.
Amado Boudou fue condenado a cinco años y diez meses por “cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública, ambos en concurso ideal”. Se informó que en el tiempo que pasó en el Penal de Ezeiza realizó las talleres de "Programador de sistema de base de datos de computadoras personales", "Montador electricista", "Electricista instalador", "Práctico en organización de eventos" y "Taller de Filosofía".
Por este el juez Daniel Obligado le otorgó el adelantamiento de diez meses en sus pedidos de transitorias, libertad condicional o asistida. Hoy, se encontraría en condiciones de acceder a salidas transitorias y en año podría solicitar su libertad.
Un detenido habló con Clarín sobre lo difícil que es obtener esto: "El tema es que los Juzgados de ejecución valoran más los informes del Servicio Penitenciario que a los cursos o estudios. Y los jueces se nutren de informes subjetivos. Acá hay un psicólogo para 400 detenidos. Ni el mejor profesional puede evaluar bien a tantos pacientes. Hay una disimilitud de criterios, una valoración distinta. Hay compañeros que hicieron un mismo curso, pero a uno el juzgado le reconoció los dos meses. Y al otro, su Juzgado, no le adelantó nada".
La docente de la cárcel de mujeres, manifestó: "Otro problema que tienen las detenidas es que reciben el certificado de estudios, pero por ahí no tienen un abogado que se mueva para que el juez reciba el documento. Si bien existe un decreto reglamentario que dice que la función del SPF [Servicio Penitenciario Federal] es informar a los juzgados, eso no pasa. Y el juez no es informado sobre los estudios del detenido. Entonces, cursaron en vano".
El coordinador de una carrera universitaria manifestó: "Eso pasa más que nada con los talleres de la UBA, el Ministerio o alguna ONG. Porque cuando la actividad es del SPF, los penitenciarios llevan a los detenidos".
Ariel Cejas, procurador penitenciario adjunto interino, reveló: “No es fácil hacer varios cursos en un año. Después de completar la carga horaria, todo queda a criterio del Servicio Penitenciario y el Juzgado dictamina la cantidad de meses".
Un preso concluyó: “No vemos como algo malo que se le hayan adelantado esos diez meses [a Boudou], porque está dentro de la ley. Pero estaría bueno sentar un precedente, para que a todos nos evalúen de la misma manera".
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