En Argentina votar es un derecho y una obligación, y ausentarse debe estar justificado o se corre el riesgo de pagar una multa.
Por Canal26
Sábado 14 de Octubre de 2023 - 15:30
A una semana de las elecciones generales, que serán el próximo domingo 22 de octubre, y dado que en las PASO participó menos del 70% del padrón electoral, surge la duda sobre si los ausentes podrán participar de la segunda vuelta electoral.
Votar en Argentina es un derecho y una obligación de los mayores de 18 hasta los 70 años. Quienes faltaron a las PASO pueden presentar en las votaciones generales. En este sentido, es importante recordar que las personas que no cuentan con DNI no podrán acceder a las urnas y deberán justificarse.
Sin embargo, por ausentarse en las elecciones PASO los electores deberán justificar su falta ante la Justicia Nacional Electoral, de lo contrario recibirán una multa y serán incorporados a un Registro de Infractores.
Los infractores no pueden hacer trámites durante un año, como obtener el pasaporte, y tampoco pueden desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años desde la elección.
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Cuando la persona falta a la votación tiene un plazo de 60 días para presentar la justificación frente a la Justicia Electoral. Los precios de la multas se pueden ir acumulando si el infractor tiene ausencias sin regularizar:
La multa por ausencia puede abonarse a través de la web de la Cámara Nacional Electoral con cualquier medio de pago o de forma presencial en cualquier sede del Banco de la Nación Argentina.
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