Las restricciones durante la cuarentena por covid-19, se mantendrán en juzgados de primera instancia y en tribunales orales.
Por Canal26
Lunes 29 de Junio de 2020 - 10:39
Corte Suprema de Justicia. NA.
La Corte Suprema de Justicia determinó este lunes levantar la feria judicial extraordinaria que se había establecido desde marzo para el propio tribunal y para las cámaras nacionales y federales en el marco de las medidas de emergencia tomadas por la pandemia de coronavirus.
El máximo tribunal de Justicia de la Argentina decidió prorrogar la feria en juzgados de primera instancia y en los tribunales orales, aunque ya comenzó a discutir los mecanismos para estudiar en las próximas semanas una reanudación de la actividad. “Es el próximo paso natural”, adelantaron fuentes judiciales confiables.
Hasta el momento, la Corte había prorrogado su feria casi de manera automática, junto a los decretos del gobierno nacional que extendían la cuarentena en el Área Metropolitana. Ahora, a diferencia de lo dispuesto por el presidente Alberto Fernández para el Área Metropolitana, la Corte promovió la apertura de algunos tribunales relevantes que estaban cerrados.
Se trata de una acordada firmada hoy mismo, los miembros del máximo tribunal determinaron suspender plazos procesales, estableció implementar protocolos especiales de salud y encomendó que se priorice el trabajo remoto, con presencia mínima de personal. También, mantuvo las licencias excepcionales para los grupos de riesgo frente al COVID-19 y solicitó que se arbitren los medios necesarios para garantizar la atención virtual ante presentaciones y consultas.
El máximo órgano judicial ya había determinado previamente levantar la feria judicial en 14 provincias en las últimas semanas: algunas ciudades de Buenos Aires, Catamarca, Tierra del Fuego, La Rioja, Santa Fe, Corrientes, Tucumán, Chubut, Mendoza, Santa Cruz, San Juan, San Luis y Córdoba. Se trata de zonas que se encuentran en una etapa más avanzada del aislamiento obligatorio donde la circulación del virus está más controlada que en otras partes del país.
En esas jurisdicciones, se determinó que “todo el personal judicial que concurra a los tribunales y dependencias para prestar servicios deberá adoptar todas las medidas de prevención, higiene, movilidad y transporte emanadas de las autoridades competentes en el respectivo ámbito”, mientras que se mantuvieron “las licencias excepcionales, a favor de aquellos magistrados, funcionarios y empleados” que estén en grupos de riesgo o dentro de los exceptuados en resoluciones anteriores.
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