El hecho ocurrió en mayo de 2015, cuando la víctima conducía por la Ruta 6, en dirección a La Plata. Los delincuentes, disfrazados de la Policía bonaerense, lo golpearon y maniataron mientras exigían un rescate.
Por Canal26
Sábado 16 de Marzo de 2024 - 20:15
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a más de 10 años de prisión para Gabriel Arnaldo Villalba, acusado de un secuestro extorsivo a un empresario que en mayo de 2015 en la localidad de Canning, partido de Ezeiza.
En aquel hecho, al menos cuatro personas interceptaron al dueño de una empresa de logística cuando conducía por la Ruta 6, en dirección a La Plata, simulando un control policial, ya que vestían chalecos antibalas y buzos con el escudo de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
Tras pedirle que destrabe el vehículo, dos de los individuos le propinaron a la víctima un fuerte golpe en la cabeza con la culata de un arma. Luego, lo maniataron con precintos y lo trasladaron al Volkswagen Vento, ubicándolo en la parte trasera, donde uno se sentó a su derecha mientras que otro tomó el volante, mientras que los delincuentes restantes abordaron el auto del secuestrado.
Acto seguido, comenzó la negociación del rescate -pedían 300 mil pesos- a través de un socio del empresario. Cuando se estaba a punto de entregar el dinero, con control policial, la víctima fue liberada en la zona de Guernica.
Gracias a la investigación sobre los llamados extorsivos se pudo identificar la voz de Villalba, quien había participado en otro secuestro por el que fue condenado a 15 años de prisión. Tras ser allanado, se le secuestró un chaleco antibalas con etiqueta de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, armas de fuego, una baliza policial, un Handy policial, precintos y guantes de látex.
En septiembre de 2023, fue condenado como coautor del delito de secuestro extorsivo agravado por la cantidad de intervinientes en concurso ideal con el delito de robo agravado por haberse cometido en poblado y en banda y por el uso de armas de fuego, a la pena de 10 años y 4 meses de prisión.
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La defensa de Villalba planteaba la arbitrariedad de la sentencia condenatoria y también cuestionaba la calificación legal definida en el caso, por lo que pidió la absolución por aplicación del beneficio de la duda. Según sostuvo, existieron irregularidades en la rueda de reconocimiento, por lo que se solicitó que la identificación del imputado no fuese tenida en cuenta.
También argumentó que el dato de que los secuestradores sean cuatro personas surgía únicamente del relato de la víctima, por lo que se configuraba en la especie un caso de "testimonio único" y no resultaba procedente condenar con base en una sola declaración.
Los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Hernán Borinsky consideraron que estos planteos no podían prosperar, por lo cual la condena estaba exenta de fisuras lógicas o de violación alguna a las reglas de la sana crítica.
Particularmente, estimaron que la defensa no se encargó de refutar una de las pruebas: en el domicilio de Villalba se incautaron elementos idénticos a los que fueron utilizados para llevar el secuestro extorsivo de Barrios. Por ello, estimó como acertada la decisión de condenarlo por los hechos atribuidos. En este contexto, los camaristas concluyeron que el recurso de casación de la defensa de Villalba debía ser rechazado.
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