ANMAT prohibió una cerveza, galletitas, un aceite de oliva y varias especias

La disposición fue publicada este martes en el Boletín Oficial.

Por Canal26

Martes 22 de Octubre de 2019 - 07:32

ANMAT, prohibición de productos

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió varios productos de limpieza, una cerveza, y una serie de alimentos entre los cuales se destacan unas galletitas, un aceite de oliva, provenzal, perejil y ajo. Las medidas fueron anunciadas este martes en el Boletín Oficial.


De acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284. El artículo 1° de la disposición 8512, establece: "Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto: Galletitas, Quesitos, Omega 9, 0% grasas trans., Peso aproximado: 140 grs.".


El organismo prohibió varios productos domisanitarios elaborados por la firma Fiorella Distribuidora por fraccionar los mismos sin contar con autorización de establecimiento y comercialización.


El artículo 1° de la disposición 8514 publicada hoy en el Boletín Oficial, dice: "Prohíbese el uso y la comercialización en todo el territorio nacional todos los lotes de todos los productos domisanitarios elaborados y/o fraccionados por la firma FIORELLA DISTRIBUIDORA de David Sánchez sita en la Avenida Juan Manuel de Rosas 4428, San Justo".


El Instituto de Control de la Alimentación y Bromatología de la provincia de Entre Ríos junto con esta Administración Nacional continúan profundizando la investigación del incidente notificado a fin de adoptar las acciones y medidas de gestión necesarias para cuidar la salud de la población celíaca. Mientras tanto, el artículo deberá ser retirado del mercado.


Sumado a esto, la Anmat prohibió los productos elaborados y envasados por POO Alimentos S.A. que están rotulados de la siguiente manera: "Provenzal, Perejil y Ajo, Peso Neto 25g, RNPA N° 02-598267, lote 190405, fecha de vencimiento: Abril 2021", "Nuez moscada, Peso Neto 25g, RNPA N° 02-564410, lote 190401, fecha de vencimiento: Abril 2021", "Pesto, Peso Neto 20g, RNPA Expte. N° 4075-219-10, lote 190327, fecha de vencimiento: Marzo 2021", "Pimentón extra dulce, Peso Neto 50g, RNPA N° 02-598274, lote 190404, fecha de vencimiento: Abril 2021" y "Ají molido, Peso Neto 50g, RNPA N° 02-598292, lote 190405, fecha de vencimiento: Abril 2021".

 

Así lo detalló en la Disposición 8517/2019, donde señaló que no cumplían con la normativa del Código Alimentario Argentino (CAA), "por presentar elementos histológicos ajenos a los productos".


Por último prohibió "cerveza especial Mahou Cinco Estrellas" que lleva el logo de alimento libre de gluten. Según explicó en la Disposición 8559/2019, la administración tomo esta decisión en torno al producto elaborado por Mahou S.A, en Madrid, España, porque "carece de autorizaciones de establecimiento y de producto y porque está falsamente rotulado".

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