Las normas “servirán para reforzar el valor de los bonos, sostener a los inversores institucionales y limpiar de especuladores al mercado”.
Por Canal26
Lunes 1 de Mayo de 2023 - 10:17
Nuevas medidas por el dólar. Foto: NA.
Como consecuencia de la suba del volumen operado en dólares financieros y por la volatilidad de sus cotizaciones, este lunes, desde la Comisión Nacional de Valores (CNV) se determinó implementar nuevos límites para las operaciones de compra-venta de valores negociables de renta fija, nominados y pagaderos en dólares emitidos por la República Argentina.
Se han aprobado limitaciones para aquellos que tengan posiciones tomadoras en cauciones y/o pases y pretendan realizar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera.
La medida fue anunciada formalmente mediante la Resolución General N°959, que será publicada este martes en el Boletín Oficial. Así, y en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia 164/2023, los límites mencionados están centrados en la cantidad de valores negociables vendidos respecto de la cantidad de valores negociables comprados -con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local o extranjera-, realizadas en el segmento de concurrencia de ofertas, con prioridad precio tiempo por parte de las subcuentas alcanzadas por lo dispuesto en el artículo 6° del Capítulo V del Título VI, y que revistan el carácter de inversores calificados.
Además, se dispone que tanto los agentes de Liquidación y Compensación como los de Negociación no podrán dar curso ni liquidar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera -en jurisdicción local y extranjera- correspondientes a clientes ordenantes (mientras mantengan posiciones tomadoras en cauciones y/o pases, cualquiera sea la moneda de liquidación).
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1) Requerirle a los Agentes de Bolsa (Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs) y Agentes de Negociación) que no podrán dar curso ni liquidar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera a clientes que tengan posiciones tomadoras en cauciones y/o pases, cualquiera sea la moneda de liquidación.
2) Establecer límites a las carteras propias de las ALyCs en cuanto a la cantidad de valores negociables vendidos respecto de la cantidad de valores negociables comprados -con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local o extranjera-, realizadas en el segmento de concurrencia de ofertas, con prioridad precio tiempo.
La idea central pasa por evitar el uso de la rueda de cauciones con el objetivo de la financiación de la compra de títulos para luego ser liquidados en moneda extranjera, como se observó durante las últimas ruedas.
La norma busca el ordenamiento de la participación de las ALyCs en la liquidación de títulos en pesos y en dólares estadounidenses. Las dos medidas no afectarán a las personas humanas o jurídicas que de manera genuina estén en la necesidad de utilizar el mercado bursátil para liquidar activos dolarizados.
Así, explicaron desde ámbitos oficiales que las normas “servirán para reforzar el valor de los bonos, sostener a los inversores institucionales y limpiar de especuladores al mercado”.
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