La expresidenta llegó a los tribunales federales convocada por la Justicia en 8 causas. Se limitó a dejar un escrito.
Por Canal26
Lunes 25 de Febrero de 2019 - 09:50
La expresidenta de la Nación, Cristina Kirchner, concurrió durante la mañana de este lunes a los tribunales federales de Comodoro Py para declarar en -al menos- 8 causas relacionadas con supuesto pago de coimas en la obra pública.
La exmandataria no declaró y en cambio presentó un escrito que ella misma difundió por las redes sociales.
Aquí, el texto completo de su presentación:
Señor Juez:
Cristina Fernández de Kirchner, por mi propio derecho, en el marco de las causas Nº 9.608/2018, 3.710/2014, 10.456/2014, 13.816/2018, 13.820/2018, 18.590/2018, 15.386/2018 y 18.704/2018, todas del registro del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 11, manteniendo el domicilio constituido en autos, digo:
1. En el día de la fecha he sido convocada a prestar declaraciones indagatorias múltiples y simultáneas, en ocho supuestas investigaciones judiciales. Así, y en una suerte de función de cine continuado, se pretende hacerme responsable, una vez más, de la misma presunta asociación ilícita por la cual ya estoy siendo investigada ante otro Juzgado de este fuero y ante dos Tribunales Orales.
Indudablemente, se trata de un hecho inédito en los anales de la jurisprudencia, que puede comprenderse en el marco de una persecución y ensañamiento al que sólo se atrevieron gobiernos totalitarios en tiempos en que el Estado de Derecho se encontraba suspendido. Aunque debo reconocer que en términos cinematográficos, esta película merecería recibir un Oscar por su originalidad.
2. Básicamente, esta nueva movida judicial tiene su origen en la a esta altura escandalosa y bochornosa “causa de las fotocopias”, cuyos antecedentes pueden ser resumidos de la siguiente manera:
a. El expediente se inició en base a simples fotocopias de unos supuestos cuadernos que nunca se vieron y que finalmente dijeron que habían sido “quemados en la parrilla de un patio”. Literal. Concretamente, según la versión oficial, un ex miembro de las fuerzas de seguridad y confeso antikirchnerista se habría apropiado de manera ilegal de estos supuestos cuadernos para entregárselos a un periodista que, dijo, le inspiraba confianza.
b. El periodista elegido fue Diego Cabot del diario La Nación -ambos, periodista y diario, furibundos antikirchneristas simpatizantes del gobierno de Cambiemos-, quien le llevó su supuesta investigación al fiscal Stornelli -acusado de extorsionar empresarios e imputados en esta misma causa-. Este cuestionado fiscal, violando todas las reglas vigentes en materia de competencia, decidió formar actuaciones complementarias y entregárselas al juez Bonadío, dando lugar a un caso obsceno de fórum shopping.
c. A partir de simples fotocopias, el juez ordenó la detención de decenas de personas con el indisimulable propósito de presionarlas y obligarlas a recitar un libreto que ya estaba armado, esto es: que los anteriores gobiernos constituían una “asociación ilícita”. La suerte de quienes no se adhirieran a semejante maniobra fue graficada por Stornelli con la ya famosa frase “no habrá sortijas para todos”, palabras que seguramente pasarán a la historia como muestra del descaro con el que se ha procedido en el expediente.
Eso sí, a los familiares más cercanos del Presidente de la Nación no les fue necesario retirar sus sortijas en la Fiscalía de Stornelli, ya que éste se las llevó personalmente a la Quinta Presidencial de Olivos. Como era obligatorio, mi defensa reclamó que se llevaran a cabo medidas probatorias para acreditar este vergonzoso episodio que fuera ampliamente difundido por los mismos medios de comunicación afines al gobierno, pero el juez no hizo lugar a tal petición, bajo el siempre útil latiguillo de que la misma no era pertinente.
d. No obstante lo dispuesto de manera expresa en el art. 6 de la “Ley del arrepentido” (Ley Nº 27.304), el fiscal deliberadamente omitió registrar por medios audiovisuales las declaraciones de los presuntos arrepentidos.
Hoy, y a la luz de los testimonios, declaraciones, grabaciones y otras pruebas que han surgido sobre la operatoria del Juzgado y la Fiscalía a cargo de Bonadío y Stornelli, respectivamente, está más que claro que se procedió de esta manera para que no quedaran huellas de cómo estas personas fueron extorsionadas y sus manifestaciones tergiversadas y/o armadas, claro está, siempre en mi contra.
Sobre esta capital cuestión, que no es una mera elucubración de mi parte, pues encuentra sustento en declaraciones públicas formuladas por periodistas que jamás han tenido simpatía con mis posiciones políticas, tanto el juez como la Cámara de Apelaciones rechazaron todas las medidas de prueba reclamadas, pese a los reiterados pedidos que fueron efectuados.
Es más, en otra demostración de cómo se oculta la verdad y hasta qué niveles han llegado los abusos de poder, el titular de este Juzgado formuló una denuncia en contra de quienes hicieron públicas las prácticas deleznables que se vienen cometiendo en la “causa de las fotocopias”; ello, con el pícaro propósito de bloquear la posibilidad de que los denunciados fueran citados como testigos. Llamativamente -o ya no tanto-, la denuncia de Bonadío recayó en el Juzgado de Ercolini, cuya funcionalidad para atender este tipo de emergencias se ha tornado una práctica bastante conocida.
Pero si alguna duda cupiere sobre la manipulación de las declaraciones de los arrepentidos, basta con recordar que el propio Stornelli, en una de sus habituales giras por las pantallas de la prensa oficialista más recalcitrante, reconoció que omitía consignar fielmente en las actas todo lo que, supuestamente, le decían estas personas sometidas al régimen del “imputado colaborador”.
e. En el marco de procedimientos espectaculares con los que se captó la atención pública durante varios días, mis domicilios de la ciudad de Buenos Aires, Río Gallegos y El Calafate fueron allanados, con el augurio de que serían encontradas bóvedas, compartimientos secretos y varios millones de dólares que habrían transitado a través de los circuitos de la corrupción.
Nada de ello ocurrió.
Sin embargo, para que la decepción fuera disimulada, Bonadío ordenó el secuestro de un montón de elementos que nada tienen que ver con el proceso, haciendo caso omiso a las instrucciones impartidas por el Senado de la Nación cuando, incluso con mi voto afirmativo, autorizó la medida.
Ni siquiera se salvaron los atributos presidenciales que Néstor Kirchner y la suscripta recibiéramos al haber sido elegidos democráticamente como titulares del Poder Ejecutivo de la Nación.
f. En este contexto, pese a que no existía prueba alguna en mi contra y sin posibilidad de ejercer mínimamente el derecho de defensa en juicio, fui procesada, naturalmente, por el delito de asociación ilícita, al que se le sumaron, como dijo Bonadío “más o menos así” otros supuestos delitos.
Tal resolución fue confirmada por la Sala I de la Cámara de Apelaciones, integrada por jueces que también fueron colocados a dedo por el gobierno de turno, quienes cumplieron al pie de la letra las instrucciones que, según lo informó la prensa, les fueron impartidas desde la mesa judicial de la alianza gobernante: ratificaron que soy la jefa de la asociación ilícita, dejaron dentro de ella a un grupo de funcionarios y algunos empresarios y beneficiaron al resto de los hombres de negocios, quienes dieron a entender que fue nuestro gobierno el que les “enseñó a cartelizarse en la obra pública” y que pagaron sobornos por haber sido “víctimas” de coacción.
Dentro de esta última particular especie se encuentran familiares directos del Presidente de la Nación y varios importantes empresarios afines.
3. Como la “causa de las fotocopias”, en forma paulatina, fue perdiendo el impacto que se esperaba ante la opinión pública, se recurrió a tres nuevos inventos, a saber:
a. A partir de la “causa de las fotocopias” se abrieron otras líneas de supuestas investigaciones para formar nuevas causas que el Juzgado retuvo para sí, violando otra vez y de manera descarada las reglas de competencia.
b. En otros casos, pretendiendo aparentar alguna prolijidad, extrajeron testimonios de esa misma causa para que se investigaran otros supuestos delitos por ante el Juzgado que resultara sorteado. ¿Y qué pasó aquí?: que el Juzgado sorteado fue el de Bonadío.
c. Finalmenteecharon mano de supuestas pruebas que aparecieron de manera “espontánea” en la Fiscalía de Stornelli que luego metieron en otros procesos, naturalmente en trámite ante el Juzgado de Bonadío, para construir artificiosamente una imputación en mi contra.
Así se pretendió dar contenido para que en ocho causas fuese citada a prestar declaración indagatoria en forma simultánea y continuada. Un verdadero mamarracho.
4. Ahora bien, desde un punto de vista procesal (aunque la aplicación de la ley a estos operadores judiciales, por lo visto, nada les interesa) resulta evidente que tales citaciones devienen nulas. Ello, no sólo porque se encuentran contaminadas por la invalidez del proceso de origen -la “causa de las fotocopias”-, sino porque en sí mismas carecen de todo sustento y de manera alguna justifican el estado de sospecha que requiere la ley adjetiva para proceder de tal manera (art. 294 del CPPN).
Concretamente, sacaron fotocopias de la causa de las fotocopias, recibieron declaración a curiosos personajes que se presentan “espontáneamente” en la fiscalía de Stornelli, solicitaron algunos papeles al Poder Ejecutivo de la Nación y con todo ello (es decir, nada) me convocaron a prestar declaración indagatoria en ocho causas distintas, sin explicar tan siquiera en una sola línea el motivo de estas citaciones.
Naturalmente, ejercer el derecho de defensa en juicio en estas condiciones resulta una utopía; mucho peor aún si, diga lo que diga, el dictado de un procesamiento en mi contra ya está definido.
5. De todas maneras, y a efectos de dejar debidamente asentadas las irregularidades que se siguen cometiendo, no es ocioso efectuar una breve referencia sobre cada uno de los procesos a los que debo comparecer en el día de la fecha. Ello, sin perjuicio de los planteos que mi defensa técnica habrá de efectuar oportunamente.
Veamos.
a. Causa Nº 9608/2018. En la “causa de las fotocopias” ya fui indagada en dos oportunidades, se dispuso mi procesamiento y prisión preventiva, se solicitó mi desafuero y se trabó un embargo millonario.
Sin perjuicio de ello, vuelvo a ser convocada en esta causa, por tercera vez, aparentemente para que se me impute el mismo delito imaginario de siempre (ser jefa de la asociación ilícita) o bien para que se sume a la acusación alguna nueva manifestación extraída a otro arrepentido.
Al respecto, me remito a todas las defensas que fueron oportunamente interpuestas, las cuales actualmente se encuentran a conocimiento de las instancias judiciales superiores.
b. Causa Nº 10.456/2014. Se trata del proceso públicamente conocido como “gas licuado”. Esta convocatoria no solo constituye un caso paradigmático de arbitrariedad, sino además deja al descubierto la forma en que se gestan estas causas pseudo-judiciales, a saber:
El 8 de marzo del año pasado la Cámara de Apelaciones del fuero revocó todos los procesamientos dictados en esta causa y dispuso la falta de mérito de todos los imputados, dado que la decisión de Bonadío, impulsada por Stornelli, se basaba en una pericia falsa. Sí, tal cual se lee: jueces y fiscales armando causas y metiendo gente presa con pericias falsas.
En tal ocasión se señaló lo siguiente:
“Contradicciones, olvidos, confusiones … Esos son los déficits del peritaje elaborado por quien debía ser un experto en la materia. Evidentemente tales conceptos están muy alejados de la demostración de pericia en su actuar.
Pero las críticas no se reducen a ellos. A la par existen otros más preocupantes que ya no revelan sólo yerros. Antes bien, hablan de falsedades.
Por un lado, varias defensas demostraron ante el Tribunal -luego de una minuciosa exploración del mundo virtual- que muchos de los pasajes del informe de David Cohen eran copia literal de diferentes documentos obtenidos de Internet y no me refiero con ello a sitios web de revistas especializadas que la comunidad científica consulta y que atesora con mezquindad. Me refiero a páginas de libre acceso y consulta, dirigidas al público en general, con el rigor académico que ello supone.
Sin embargo, la apelación a tal recurso no se detuvo allí. En lo que refiere al tema más delicado, ese cuyos resultados generaron la alarma del ministro Aranguren, el `perito` acudió a otra herramienta. Esta vez, una presentación de estudiantes universitarios chilenos.
La natural inferencia de todo lo señalado impone un nuevo orden en este ámbito, y con ello, un nuevo horizonte. El peritaje de Cohen, gravitante como era para formular el reproche dirigido a los imputados, en su caída derrumba con igual fuerza el escenario montado. Y esto no lo digo yo.
El mismo juez de grado en su pronunciamiento colocó en un sitio de privilegio dicho informe pericial, tornando al resto de las probanzas en meros satélites indiciarios de lo que sólo Cohen pudo fusionar. Y ya vimos en qué términos.
Es todo lo dicho hasta aquí lo que revela claramente que la imputación formulada contra las diversas personas procesadas en autos se edifica en pilares que carecen de la más mínima solidez.
La incógnita perdura y, por tanto, la necesidad de una investigación seria que le dé una respuesta. De ahí, que corresponda iniciar genuinamente esa tarea, que debe principiar, como es debido, mediante la confección de un peritaje comprometido con la búsqueda de la verdad”.
Pero las arbitrariedades no cesaron.
Pese a lo dispuesto por la Cámara y al resultado favorable que arrojó una nueva pericia que desmentía la imputación, la investigación del juez y del fiscal continuó por el camino de la falta de seriedad absoluta.
En efecto, el 5 de noviembre del año pasado se presentó “espontáneamente” en la Fiscalía de Stornelli el ahora no abogado y no experto en delitos complejos Marcelo D`Alessio. Todo desopilante.
Según consta en la declaración obrante en la causa, D`Alessio, quien bajo juramento declaró ser abogado, aportó documentos que supuestamente corroborarían el pago de sobreprecios en la importación de buques con gas licuado. Además, el falso abogado al que tanto crédito, por lo visto, le dieron Bonadío y Stornelli, lisa y llanamente me atribuyó haberme interesado en tal supuesto negocio, dando instrucciones para que el ENARSA aprobara unas pólizas de seguro que no habrían resultado convenientes en términos de costos y beneficios para dicha empresa.
El 12 de noviembre, Stornelli abrió una vez más su Fiscalía a D`Alessio, para que éste ampliara su declaración, aportara nuevos documentos y “ratificar todo el contenido vertido en la entrevista que tuv[o] con el periodista Daniel Santoro a efectos de brindar la información veraz contenida en lo que formó su libro `El Mecanismo`”. ¡Bingo! Stornelli con el falso abogado y el “periodista estrella” de Clarín, experto en “investigaciones.” A esta causa no le falta nada.
Con estas únicas nuevas “pruebas”, aportadas por un sujeto a quien ahora el fiscal califica de “enfermo psiquiátrico”, el juez volvió a convocar a prestar declaración indagatoria a las mismas veinticinco personas cuyos procesamientos habían sido revocados por la Cámara de Apelaciones y, además, me incluyó en la imputación. ¿Se entiende que Bonadío me está citando a indagatoria en base a los dichos de Marcelo D´Alessio? Sí, Bonadío utiliza la declaración de un personaje que fue filmado, grabado, fotografiado y “whatsappeado” con Stornelli, pidiendo coimas en la causa de las “fotocopias de los cuadernos”. Un escándalo nunca visto.
Ello así, pese a que nunca había sido mencionada en la causa antes de la declaración de D`Alessio y cuando claramente el hecho que se dice investigar resulta ajeno a las esferas de competencia de la Presidencia de la Nación.
Para que se entienda, luego de cinco años de trámite de esta causa, en la que se llevó a cabo una pericia falsa -valorada por el juez como si se tratara de una joya de la ciencia- y a partir de la declaración de quien ahora es calificado como “enfermo psiquiátrico”, debo afrontar un nuevo proceso penal, sin siquiera saber de qué se me está acusando.
En suma, como lo dije anteriormente, se trata de una convocatoria que carece de toda seriedad.
Sólo debo reiterar que el supuesto pago de sobreprecios en la importación de buques con GNL ya sufrió un severo traspié con la resolución adoptada por la Sala I de la Cámara de Apelaciones, cuando revocó los procesamientos que habían sido dictados; además, se trata de transacciones en las que no tuve ningún tipo de intervención, ya sea directa o indirecta, y no existe un solo elemento de prueba que me vincule tan siquiera remotamente con estos hechos.
c. Causa Nº 3.710/2014. Se trata de un sumario iniciado en el año 2014 a partir de una nota del periodista Diego Cabot -otra vez, ¿Otro Santoro?-, en la cual se afirmaba que varias empresas de colectivos habrían recibido subsidios millonarios de manera injustificada. Ello así, pues supuestamente presentaban declaraciones juradas en las que consignaban que recorrían una cantidad de kilómetros mayor a la real.
En esta causa Bonadío también había ordenado procesamientos a discreción, los cuales fueron revocados por la Cámara de Apelaciones en virtud de su orfandad probatoria. Sin embargo, la causa no se cerró y, como de costumbre, la seriedad de la investigación brilló por su ausencia.
Ahora bien, la excusa para convocarme a prestar declaración indagatoria en este proceso, en el cual tampoco había sido mencionada a lo largo de cinco años, consistió en afirmar que las pruebas reunidas en la “causa de las fotocopias” (nunca se dijo cuáles) serían “suficientes para configurar el estado de sospecha requerido por el art. 294 del CPPN”.
Es decir, a diferencia del caso anterior, aquí ni siquiera encontraron un D`Alessio que falsamente me imputara, sino que recurrieron al procedimiento antes mencionado de sacar fotocopias de la “causa de las fotocopias” y, sin mayores explicaciones, me vincularon con la causa.
Nuevamente, la falta de seriedad de todo este procedimiento salta a la vista.
Frente a esta nueva imputación falsa en mi contra, que además carece de los requisitos que exige la ley procesal, sólo corresponde señalar que no tengo relación alguna con las supuestas irregularidades que se investigan, cuya verificación resulta ajena, de manera manifiesta, a las competencias propias de la Presidencia de la Nación.
Es más, si nos atenemos a los dichos del denunciante, las supuestas irregularidades pudieron ser advertidas a partir de una medida que fue implementada por mi propio gobierno, esto es, la instauración del sistema SUBE en las distintas líneas de colectivo; esto es lo que habría permitido que se pudiera verificar que las declaraciones de las empresas en cuanto a kilómetros efectivamente recorridos no se habrían ajustado a la verdad. Como nota de color, cabe señalar que dicha medida, la implementación de la tarjeta SUBE, fue combatida mediáticamente por los grandes medios de comunicación, que habían instalado en la cabeza de la gente que con la tarjeta los íbamos a “vigilar”. ¡Increíble!
Nuevamente, y para que se entienda: se me convoca a prestar declaración indagatoria por supuestas irregularidades en las que obviamente no pude haber tenido intervención alguna y que solo habría sido posible descubrir en base a las medidas adoptadas por mi propio gobierno. Es más, soy jefa de una asociación ilícita que recauda dinero por subsidios a colectivos y yo misma dispongo una medida para que el supuesto delito quede en evidencia.
En pocas palabras, se trata de un verdadero disparate.
d. Causa Nº 13.820/2018. Este expediente se inició como un desprendimiento de la “causa de las fotocopias”; nunca fue enviado a la Oficina de Sorteos y se conformó a partir de copias de supuestas declaraciones de arrepentidos.
Su objeto sería investigar presuntos pagos ilegales efectuados por distintos empresarios ferroviarios, con el fin de mantener sus concesiones y obtener subsidios estatales.
Si nos atenemos a la manera en que han sido indagados varios de los imputados, el hecho es contado de la siguiente manera:
I.- Se conformó una asociación ilícita desde principios del año 2003 hasta noviembre del año 2015 cuya finalidad habría sido organizar un sistema de recaudación de fondos para recibir dinero ilegal, para enriquecerse y utilizar parte de esos fondos en la comisión de otros delitos.
II.- La asociación ilícita, como siempre, fue comandada por Néstor Kirchner y Cristina Elisabet Fernández.
III.- Concretamente, “en el área de transportes, durante el período comprendido entre el 1º de junio de 2003 y el 31 de mayo de 2012, los cobros eran recaudados por Ricardo Raúl Jaime y Juan Pablo Schiavi, en sus condiciones de Secretarios de Transporte; ambos dependientes del Ministro de Planificación Federal, Julio Miguel De Vido. En esta área, las personas a cargo de las empresas concesionarias de los ferrocarriles pagaban a los nombrados Jaime y Schiavi entre un 5% y un 30% de los subsidios entregados por el Estado Nacional”.
Así las cosas, saltan a la vista dos graves inconsecuencias, a saber:
a. Desde lo jurídico, vuelvo a ser indagada por la misma supuesta asociación ilícita por la que ya estoy procesada en la “causa de las fotocopias”, imputada en la denominada “causa madre” (Expte. Nº 15.734/2008) y acusada ante dos Tribunales Orales (causa Nº 3732/2016 –“Los Sauces”– y causa Nº 5048/2016 –“Obra Pública”-).
Nuevamente, vuelvo a superar el récord que registran los anales de la jurisprudencia en cuanto a violación de la garantía del ne bis in ídem: me persiguen por el mismo delito de asociación ilícita en tantos procesos que ya es imposible registrar una cuenta exacta.
b. Desde lo fáctico, a la luz de la imputación precedente, resulta inexplicable el recorte temporal que se invoca con relación a los pagos que habrían efectuado los concesionarios ferroviarios, los cuales, se afirma, habrían dejado de existir en el año 2012. ¿Está claro que fui presidenta hasta el año 2015, no?
Para que se entienda, si soy jefa de una asociación ilícita destinada a recaudar dinero durante un tiempo que coincide con mis dos períodos presidenciales, ¿cuál es la razón por la cual esta misma supuesta práctica dejó de llevarse a cabo con los mismos empresarios que mantuvieron sus concesiones incluso hasta la finalización de mis mandatos?
La inconsistencia del cargo, al igual como ocurre en el caso de los subsidios a los colectivos, me exime de mayores comentarios.
En suma, dado que la imputación, como siempre, es absolutamente difusa, ilógica y arbitraria, forzoso es concluir que jamás ordené ni recibí ningún pago ilegal por parte de los concesionarios ferroviarios, con quienes además tampoco mantuve ningún tipo de relación personal o funcional.
e. Causa Nº 13.816/2018. Se dan aquí las mismas irregularidades antes relatadas. Concretamente, se trata de otro desprendimiento de la “causa de las fotocopias”, no se realizó sorteo alguno para designar al juez que debía entender en el caso y el expediente se formó con copias de las supuestas confesiones de algunos arrepentidos, a la cual se agregaron, para juntar papeles, impresiones de actos de gobierno e informes irrelevantes referidos a más de cien empresas contratistas del Estado.
En este proceso se estarían investigando presuntos pagos ilegales efectuados por empresas vinculadas a la obra pública civil.
Aquí se me acusa, una vez más, de haber liderado una supuesta asociación ilícita y tampoco se precisa cuál habría sido mi participación en los cientos de presuntos actos delictivos a los que genéricamente se hace referencia en el expediente. Todo se resume al supuesto carácter de jefe de tal imaginaria asociación, de la que no existe por cierto evidencia alguna.
En estas condiciones, como ya lo advertí, desarrollar el derecho de defensa en juicio resulta imposible, debiendo limitarme naturalmente a señalar que se trata de una nueva imputación calumniosa en mi contra.
f. Causa Nº 18.590/2018. Al igual que los dos casos anteriores, se trata de otro expediente derivado de la “causa de las fotocopias”, en la cual se estarían investigado presuntos pagos ilegales efectuados por concesionarios viales.
Aunque parezca increíble -o ya no tanto-, el Juzgado volvió a sacar copias de supuestas confesiones de algunos arrepentidos para conformar una nueva causa, imprimió decretos y resoluciones administrativas, agregó informes insustanciales relativos a varias empresas y, sin más, ordenó mi convocatoria en los términos del art. 294 del CPPN, acusándome nuevamente de haber liderado la misma supuesta asociación ilícita.
En consecuencia, me remito a las consideraciones efectuadas en los casos anteriores, en cuanto a la negativa sobre los cargos que se formulan y sus manifiestas irregularidades e inconsistencias.
g. Causa Nº 15.386/2018. En el marco de uno de los allanamientos arbitrarios ordenados en la “causa de las fotocopias” se habrían secuestrado documentos históricos que según Bonadío “no podrían estar en manos de particulares”. Ello cual dio lugar a la formación de un nuevo expediente que fue enviado a la Oficina de Sorteos y, oh casualidad, recayó en el Juzgado de Bonadío.
Por medio de mi defensa recusé a Bonadío, dado que el juez no puede investigar los mismos hechos que él mismo denunció -la extracción de testimonios para investigar un nuevo hecho es una denuncia, en los términos del art. 177 del CPPN-, pero el planteo fue rechazado.
Lo insólito es que en el marco de otro de los expedientes que se vinculan con la “causa de las fotocopias” Bonadío ordenó extraer testimonios para investigar un presunto hecho delictivo atribuido al juez Luis Rodríguez y, una vez que el expediente recayó en su Juzgado, previo sorteo de ley, se excusó para entender en la causa, alegando que lo actuado previamente implicaba “una toma de posición respecto de los sucesos que impiden poder decidir que asuma la investigación con la objetividad que debería tenerse”.
Es decir, frente a dos situaciones idénticas, Bonadío retuvo para sí la investigación dirigida en mi contra -ordenando mi indagatoria- y se excusó para entender en la causa que tiene como imputado a uno de sus colegas de Comodoro Py.
Ahora bien, como había que generar una noticia de impacto (Cristina fue convocada a prestar declaración indagatoria en ocho causas), el juez ni siquiera aguardó a la finalización de los estudios periciales relativos a estos documentos y así, de un día para el otro, ordenó mi citación.
Esta séptima acusación resulta absolutamente falsa, a lo que se suma que el hecho que se me imputa ni siquiera constituye delito, pues jamás tuve dolosamente en mi poder documentos ajenos o que debieran ser resguardados por alguna autoridad competente.
h. Causa Nº 18.704/2018. Finalmente, fui convocada a prestar declaración indagatoria en esta octava causa, en la que se afirma que se utilizó la flota aérea presidencial de manera irregular, con el propósito de enviar diarios y una serie de muebles a la provincia de Santa Cruz.
Esta versión no es novedosa, ya que desde hace años, siempre los mismos denunciantes y siempre los mismos medios de comunicación, vienen repitiendo la misma versión que, incluso para algunos, adquirió el carácter de leyenda.
Al igual que el caso anterior, Bonadío interviene ilegítimamente en esta investigación, iniciada en base a supuestas pruebas recabadas en la “causa de las fotocopias” y, sin mayor trámite, dispuso mi citación en los términos del art. 294 del CPPN.
Como las ilegalidades nunca cesan, en este caso se impidió que mi defensa compulsara las actuaciones, intentando entorpecer, una vez más, el derecho que asiste a toda persona imputada en una causa penal.
Así las cosas, con relación a esta acusación debo enfatizar que jamás, ni Néstor Kirchner ni la suscripta, utilizamos los bienes del Estado en nuestro propio provecho o fuera de lo que importaba el cumplimiento de funciones oficiales. Quien afirme lo contrario indudablemente miente, y cuando las actuaciones lleguen a una instancia oral y pública, espero que ante Tribunales imparciales, ello quedará debidamente desvirtuado.
6. Recapitulando, el cuadro de situación es el siguiente:
a. Se han armado un montón de causas para poder citarme a prestar declaración indagatoria y luego procesarme, generando noticias de alto impacto mediático.
b. En ningún caso existen pruebas que me vinculen con los supuestos delitos que se dicen investigar y que, por ende, justifiquen el estado de sospecha que exige la ley procesal para llevar a cabo tales citaciones.
c. En la mayoría de los procesosvuelvo a ser indagada por ser la presunta jefa de una misma asociación ilícita que se habría dedicado a cometer delitos entre los años 2003 y 2015.
Lo cierto es que a lo largo de todo ese período solamente fui la titular, junto con Néstor Kirchner, de gobiernos elegidos democráticamente por el pueblo argentino en tres elecciones consecutivas, que tuvieron como principal objetivo otorgar derechos a los sectores más postergados de nuestra sociedad.
d. No obstante todas las arbitrariedades perpetradas por el juez y el fiscal, no consiguieron una sola prueba -porque no existe- que demuestre que recibí coimas por parte de contratistas del Estado o que cometí delitos en el ejercicio de la función pública.
e. Han quedado en evidencia las gravísimas irregularidades -por no decir verdaderas actividades delictivas- que fueron llevadas a cabo por el juez y por el fiscal para tratar de inventar pruebas en mi contra.
Tanta ha sido la impudicia de semejante proceder que estos operadores judiciales quedaron atrapados en su propia torpeza. La utilización como elemento de prueba de lo declarado por D`Alessio es una muestra irrefutable de los niveles de descomposición a los que se ha llegado.
En rigor de verdad, ello sólo es la punta del hilo que parece conectar a abogados, espías, periodistas, jueces, fiscales y defensores oficiales, cuya actuación descontrolada pone en serio riesgo no sólo el funcionamiento de la justicia, sino también la vigencia del sistema democrático. Finalmente, y a la luz de los hechos que son de público y notorio conocimiento, estaríamos ante verdaderas organizaciones delictivas que utilizan el poder de un sistema judicial con rémoras monárquicas que articulándose con lo mediático han convertido en un verdadero lodazal la actividad judicial. Todo ello, más temprano que tarde, deberá ser seriamente investigado por jueces y fiscales independientes, que cumplan con los deberes que les han sido confiados.
Tener presente lo expuesto y proveer de conformidad,
SERÁ JUSTICIA.
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