Solicitan que se garantice plenamente el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE), luego de que una jueza suspendiera la aplicación en la provincia de Chaco.
Por Canal26
Sábado 30 de Enero de 2021 - 20:42
Diciembre de 2020, activistas a favor de la legalización del aborto en el Congreso. Foto: Reuters.
Tras el fallo de la justicia de Chaco que suspendió la aplicación en esa provincia de la ley de aborto, organizaciones de derechos humanos exigieron que "se garantice el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo" en todo el país.
"Se trata de un derecho conquistado en un proceso democrático, tras un largo debate en el Congreso", resaltaron en un comunicado.
Amnistía Internacional, el CELS, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), Mujeres x Mujeres y Fundeps enfatizaron "la importancia de que tanto las provincias como el Estado nacional defiendan la ley y cuestionen las decisiones judiciales que ponen en crisis el derecho al aborto, en particular cuando lo hacen vulnerando el principio de supremacía constitucional, la división de poderes y desnaturalizan el debate democrático".
"La ley 27.610, que regula el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto, debe ser aplicada plenamente en toda la Argentina. Luego de la medida cautelar resuelta por la jueza de feria, Marta Beatriz Aucar de Trotti, a cargo del Juzgado Civil y Comercial No. 19 de la ciudad de Resistencia, que suspendió la aplicación de la ley en el territorio de Chaco, exigimos que no se generen zonas de discriminación para los derechos a la salud y a la autonomía de las mujeres y de otras personas con capacidad de gestar, en función del domicilio fijado en una u otra provincia", cuestionaron.
En un comunicado, aseguraron también que "la acción fue interpuesta por seis personas, quienes argumentaron una supuesta contradicción entre la Constitución provincial y la ley nacional, y pidieron que la ley se suspenda en todo el territorio".
"La jueza omitió pronunciarse sobre la inadmisibilidad de ese tipo de solicitudes en nuestro sistema legal y desconoció que ningún juez ni jueza puede suspender la vigencia de una ley con efectos generales. Además, no advirtió que el hecho de que la Constitución chaqueña proteja la vida desde la concepción no es ningún obstáculo para la aplicación de la ley, ni en Chaco ni en ninguna de las otras provincias que contemplan ese tipo de protección. Esa evaluación acerca de la constitucionalidad de la legislación de aborto ya fue realizada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo ´FAL´ en el año 2012", indicaron.
A la vez, recordaron que "la Corte Suprema de la Nación ya dijo, en el marco de una medida cautelar que suspendió en todo el país la aplicación de la ley de servicios de comunicación audiovisual, que una cautelar que suspende la vigencia de toda una ley con efectos generales para toda la población es incompatible con el control concreto de constitucionalidad de las leyes, la división de poderes y la razonabilidad".
"En la medida cautelar dictada no se encuentra acreditada la existencia de un derecho vulnerado a las demandantes, ni el peligro en la demora. Y lo que es muy grave, la medida pone en riesgo a nivel local el derecho a la salud de mujeres, niñas y personas con capacidad de gestar", expresaron.
Las organizaciones agregaron que "decisiones de este tipo no hacen más que minar el uso de las herramientas legales, tan importantes para la garantía de derechos como las medidas cautelares, y el proceso legislativo llevado adelante con un amplio debate en diciembre, apoyado de un fuerte respaldo social y con el acompañamiento transversal de las principales fuerzas políticas".
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