El rugbier de 18 años renunció a la defensa de Hugo Tomei tras el fallo del Tribunal de Casación Penal por el crimen de Fernando Báez Sosa. Los testimonios de su flamante letrado.
Por Canal26
Domingo 7 de Abril de 2024 - 15:30
Luego de conocer su condena, Máximo Thomsen cambió de abogado y pasó a ser representado por Francisco Oneto, quien aseguró que pedirán declarar nuevamente tras el fallo del Tribunal de Casación Penal y reveló detalles de la vida del joven en la cárcel.
El detenido de 18 años se encuentra alojado en la Alcaldía N°1 de Melchor Romero, donde tiene acceso a un celular y está en continuo contacto con su nuevo abogado. "No soy un monstruo", es una de las frases que Thomsen le confesó a Oneto.
En sintonía, el letrado develó que su cliente "lee todo lo que se dice en los medios y niega ser el monstruo que se ha construido públicamente". Justamente, Thomsen fue uno de los primeros en romper el pacto de silencio con Matías Benicelli.
Por último, respecto a la vida personal del joven en la cárcel, Oneto manifestó: "Dudo que tenga redes sociales, sinceramente no lo sé". Y precisó: "Me dijo que su alojamiento es bueno. Yo necesito que él esté bien, en óptimas condiciones para poder trabajar tranquilo".
Máximo Thomsen fue condenado a cadena perpetua al igual que Ciro Pertossi, Matías Benicelli, Luciano Pertossi y Enzo Comelli por el crimen de Fernando Báez Sosa. Por su parte, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi fueron condenados como partícipes secundarios a 15 años de prisión.
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Sobre las condenas a perpetua, la Casación bonaerense detalló que "debe quedar nítidamente establecido, a modo de ejemplo esclarecedor que, aun mediando una pelea previa, en la cual uno de los contendientes queda indefenso, su inmediata matación no es alevosa".
Y precisó el fallo de más de 170 páginas: "Por otro lado, y ya en orden a este acontecimiento en concreto, aunque no haya habido pelea, el escenario de los hechos muestra una nutrida concurrencia pública, con presencia policial relativamente cercana, que impide tanto la emboscada, como la típica actuación sobre seguro, propia de la figura, sin que sobre agregar a estos fines -para descartar definitivamente la sorpresa- el modo de embestida no disimulado con perfiles de horda vociferante".
Sobre los condenados a 15 años, los camaristas aclararon que la quita de la figura de la alevosía no incidiría en el monto de las penas.
"En lo que respecta a los cómplices, si bien podría entenderse que la quita de una de las agravaciones en la calificación legal (la alevosía) aparejaría una reducción de la pena impuesta en orden a un pretendido menor contenido de injusto, lo cierto es que, en este caso en particular, la ponderación realizada por el tribunal oral tuvo en cuenta como aumentativa sólo a la extensión del daño causado", subrayó.
Y concluyó al respecto: "Ese detrimento ninguna relación tiene con la modalidad comisiva, con lo cual no corresponde modificación alguna al respecto de las sanciones impuestas a los partícipes, más aun cuando la escala penal -en abstracto- no sufrió modificación alguna".
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