En medio de la reunión con el ministro de Economía, Sergio Massa, los gobernadores firmaron un proyecto que fue redactado por Rogelio Frigerio y corregido por Axel Kicillof.
Por Canal26
Jueves 30 de Noviembre de 2023 - 07:55
Este miércoles 29 de noviembre tuvo lugar el encuentro entre los gobernadores de Argentina encabezado por Sergio Massa, ministro de Economía. Uno de los puntos principales resultó el acuerdo entre los funcionarios para enviar un proyecto de ley al Congreso.
El mismo fue redactado por Rogelio Frigerio (Entre Ríos), tuvo correcciones de Axel Kicillof (Buenos Aires) y finalmente lo firmaron todos los presentes. La lista de los gobernadores incluye también a aquellos que dejan sus puestos en los próximos días, como los nuevos electos en el cargo.
Los nombres que participaron de la reunión tuvieron a Mariano Arcioni (Chubut), Osvaldo Jaldo (Tucumán), Gustavo Sáenz (Salta), Arabela Carreras y Alberto Weretilneck, saliente y electo de Río Negro, respectivamente; Sergio Ziliotto (La Pampa), Osvaldo Jalil (Tucumán), Axel Kicillof (Buenos Aires), Claudio Poggi (San Luis), Leandro Zdero (Chaco) y Sergio Ziliotto (La Pampa).
También Omar Gutiérrez y Rolando Figueroa, mandatarios saliente y electo de Neuquén, respectivamente; Alicia Kirchner (Santa Cruz), Ignacio Torres (Chubut); Gustavo Melella (Tierra del Fuego), Gerardo Morales (Jujuy); Gerardo Zamora (Santiago del Estero), Omar Perotti y Maximiliano Pullaro, saliente y electo de Santa Fe; Rogelio Frigerio (Entre Ríos), Gustavo Valdés (Corrientes), Ricardo Quintela (La Rioja) y Alfredo Cornejo (Mendoza).
El proyecto de ley indica:
El Gobierno Nacional inició a pedido de los gobernadores, un proceso de diálogo para dar solución a cuestiones de distribución de recursos federales.
Que la Constitución Nacional en su artículo 75 establece que las contribuciones establecidas por el Congreso de la Nación son coparticipables, con excepción de las asignaciones específicas por tiempo y fin determinado.
Que la ley de Coparticipación Federal de Impuestos, ley 23.548 y modificatorias, establecen que la masa de fondos a distribuir estará integrada por el producto de la recaudación de todos los impuestos nacionales existentes o a crearse, con las siguientes excepciones previstas por la ley.
Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha manifestado fehacientemente en mantener la integralidad de la masa de coparticipación sin detracciones ni compensaciones.
Que como consecuencia del Decreto N° 473/2023 del Poder Ejecutivo Nacional, se dispuso modificaciones en el Impuesto a las ganancias para que dejen de pagar el tributo las trabajadoras y los trabajadores con sueldos mensuales brutos menores al equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles vigentes a octubre de 2023.
Que a partir de la publicación en Boletín Oficial el 6 de octubre de 2023, de la Ley 27.725, comienza la vigencia de la modificación del Impuesto a las Ganancias a partir del ejercicio fiscal 2024 y siguientes, texto ordenado en 2019 y sus modificatorias, por el cual el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación establecieron la suba definitiva y permanente del mínimo no imponible para empleados, jubilados y pensionados que deberán tributar únicamente cuando su salario bruto mensual sea superior a 15 salarios mínimos, vitales y móviles vigentes al momento de la determinación del impuesto.
Que el costo fiscal de la medida para el ejercicio 2024, de suba del mínimo no imponible, estimada por la Oficina de Presupuesto del Congreso, ronda en 0,83% del PIB, representando una caída de recursos en $2.927 billones. Esta medida le significa a las provincias resignar recursos por el equivalente a 0,48% del PIB.
Que el impacto representaría el cincuenta por ciento (50%) del Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios vigente (Ley 25.4132 y modificatorias).
Que la caída de recursos generada como impacto de las medidas fiscales mencionadas, repercute negativamente en las cuentas fiscales de las provincias y la CABA, sumado a la situación coyuntural que se encuentra atravesando la economía argentina.
Y teniendo en cuenta que, desde una perspectiva fiscal, el federalismo argentino requiere de acuerdos conjuntos para generar las condiciones de desarrollo en el marco de las autonomías provinciales orientadas al crecimiento económico, es necesario compensar, la disminución de recursos necesarios para el sostenimiento de las cuentas públicas.
Por lo expuesto, los gobernadores acuerdan:
Los Gobernadores se comprometen a impulsar una Ley para desafectar el 50% del Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios del artículo 3° de la ley 25.413 y sus modificaciones por el siguiente:
El cincuenta por ciento (50%) de este impuesto se desafectará de la asignación específica vigente, ingresando a la masa de Coparticipación Federal de Impuestos, Ley 23.548 y sus modificatorias a partir del 1 de enero de 2024.
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