La menor de edad avisó a su padre y a su novio, pero ante la falta de respuestas adecuadas decidió registrar las agresiones y sólo entonces consiguió poner fin a la situación.
Por Canal26
Jueves 10 de Febrero de 2022 - 11:23
Foto NA.
La Cámara de Casación porteña confirmó la condena a ocho años de prisión para un acusado de violar a su sobrina política, menor de edad, que pudo probar las agresiones tomándose selfies en el momento en que ocurrían los abusos.
Los jueces Mauro Divito, Gustavo Bruzzone y Jorge Luis Rimondi ratificaron la condena impuesta por el Tribunal Oral número diez contra el individuo, cuya identidad permanecerá en reserva para evitar la revictimización de la adolescente ultrajada.
El condenado es el hermano de la mujer del padre de la víctima, apodado “Tito”, quien cometió los abusos sexuales “cuanto menos, en tres oportunidades durante el período comprendido entre octubre y noviembre de 2015”, en el barrio porteño de Villa Devoto.
“Se ha podido acreditar que, en una de esas oportunidades, el imputado desnudó a la joven, acarició sus pechos y glúteos, le introdujo los dedos en la cavidad vaginal, luego le practicó sexo oral, se masturbó frente a ella y eyaculó sobre su cuerpo. Las otras dos veces el imputado acarició las zonas pudendas de la joven por encima y por debajo de las ropas que vestía”, detalla el fallo.
La víctima primero le contó lo que estaba sucediendo a su padre, quien le respondió “que iba a hablar con él” y le borró del teléfono celular los mensajes que el agresor le enviaba.
Luego le describió los hechos a su novio, quien “le pidió que le avise si los abusos se reiteraban”.
Ante esa situación, la adolescente decidió que en la próxima agresión sexual se tomaría selfies con el imputado, y eso fue lo que hizo, para probar lo que estaba ocurriendo.
Le envió las fotografías a su novio, quien –entonces sí- acudió en su ayuda, golpeó al agresor y se llevó a la víctima a vivir a su casa.
“Sólo cuando le envió esas imágenes es que alguien intervino y se interrumpió esa realidad abusiva en la que estaba inmersa. En ese contexto, la actitud de la víctima (de tomarse “selfies” cuando estaba siendo abusada) resiste los cuestionamientos de la defensa y encuentran una explicación razonable”, consideró el fallo, que desestimó la invocación de una relación consentida.
En efecto, al pronunciar sus últimas palabras ante el tribunal previo al veredicto, el acusado señaló –a modo de ejemplo- que “una madrugada ella regresó en estado de ebriedad y se le insinuó provocativamente, ocasionando que él accediera a un encuentro sexual que había rechazado repetidas veces”.
La menor explicó que “cada vez que era atacada sexualmente, no podía reaccionar ya que tan sólo rompía en llanto y dejaba que todo ocurra”.
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