El fallo del Tribunal Oral en lo Criminal 18 de la Ciudad fue unánime y benefició al único imputado, Patricio Reynoso. Recuperará la libertad en las próxima horas.
Por Canal26
Miércoles 30 de Noviembre de 2022 - 20:44
Pilar Riesco.
El novio de Pilar Riesco, la joven de 21 años que en marzo de 2020 murió tras caer del cuarto piso de un edificio de Pompeya, fue absuelto del delito de femicidio, luego de que el tribunal que lo juzgó consideró que no hubo prueba suficiente que indique que él la haya arrojado al vacío.
El fallo fue unánime y benefició al único imputado, Patricio Reynoso (34), quien evitó la prisión perpetua que había pedido la familia de la víctima por femicidio.
Los jueces tampoco hicieron lugar al pedido del fiscal Guillermo Morosi, quien había pedido en su alegato que Reynoso sea condenado a 14 años de prisión por una tentativa de homicidio, al sostener que quiso matarla durante una golpiza previa a ese desenlace.
“Los elementos de prueba colectados no permiten descartar ni corroborar los hechos que se le acusan al encartado. Esto nos ha impedido avanzar respecto de su situación procesal. Solo la certeza positiva permite condenar y a falta de esta se debe proceder a la absolución”, señaló el presidente del TOC 18, Domingo Luis Altieri, durante la lectura de la sentencia, la cual también estuvo firmada por los jueces Luis Márquez y Darío Medina.
En ese sentido, los magistrados explicaron que “no puede sostenerse con certeza que Reynoso haya proyectado, lanzado o trasladado a Pilar Riesco por la baranda del balcón hacia el exterior del mismo", al basarse en los testimonios de los peritos y vecinos del edificio.
"Los peritos sostuvieron que Pilar no tenía heridas suficientes para probarse que fue sujetada del cuello y lanzada. Por otra parte, vecinos del cuarto piso de la vivienda permiten convalidar lo mencionado por Reynoso en su declaración indagatoria", manifestaron.
Los jueces hicieron mención al alegato del fiscal Morosi, sobre el cual señalaron que "su teoría del caso cae por su propio peso", ya que había desistido de acusar por el femicidio a Reynoso, pero había solicitado 14 años de prisión para el imputado por una supuesta golpiza a Riesco instantes previos a su muerte.
"El tribunal no encuentra razones para acompañar la respuesta innovadora del Ministerio Público. Los forenses no tuvieron divergencia al considerar que no hubo golpes en el torso ni en el rostro de Pilar", agregaron.
Sobre ese aspecto, el tribunal indicó que las lesiones que tenía la víctima en el cuello eran "compatibles con la versión dada por el encartado".
"Los peritos concluyeron que no existió un ahorcamiento de Reynoso a Riesco. Es posible determinar que las lesiones halladas son resultantes de una sujeción, lo que ratifica la versión dada por el encartado. La compresión del cuello no alcanzo la magnitud tal para causar una asfixia, por lo que concluyó que era un agarre. Para ratificarse la hipótesis del ahorcamiento, deberían haberse roto el hueso ioides y los capilares sanguíneos. Las situaciones de extrema violencia registrada en los femicidios no se comprobó en este caso. Creemos que la fiscalía no refutó con pruebas eficientes lo aseverado por los peritos oficiales o de parte", argumentaron.
Por otro lado, si bien los jueces absolvieron a Reynoso, también resaltaron que el acusado había ejercido "violencia de género" contra Pilar a lo largo de su relación, en la cual la "cosificaba a partir de una relación asimétrica".
"Resultó evidente el maltrato de Reynoso a Pilar durante el desarrollo de la relación. Ha quedado acreditado que el encartado era quien no permitía su alejamiento de ella, haciendo un control de su vida, apersonándose en lugares a los que solía concurrir la joven. Le pronunciaba epítetos humillantes, característicos de una situación de violencia. En ese aspecto, la estrategia que mantuvo la defensa a lo largo del debate, de nombrarla como loca o adicta, cayó en estereotipos que hoy son inaceptables", opinaron.
Finalmente, el tribunal hizo mención a la testigo Romina Barcelona, quien había sido imputada previamente por "falso testimonio", sobre la cual consideró que su declaración "no se trataba de un relato armado" y que estaba presente en el edificio instantes posteriores al hecho.
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El hecho que se le imputó a Reynoso, quien llegó a juicio detenido con prisión preventiva, ocurrió cerca de las 16.30 del domingo 15 de marzo de 2020, cuando Riesco cayó del balcón del departamento "E" del cuarto piso de la calle Alagón 305, en Nueva Pompeya.
El imputado afirmó que Riesco comenzó a increparlo, a gritarle, a decirle que no lo quería y que incluso en un momento le arrojó un portarretratos con una foto de ellos, tras lo cual fue al balcón y se tiró al vacío.
Sin embargo, para la querella y la fiscalía de instrucción, Reynoso "le propinó golpes varios" que le causaron "múltiples" lesiones, y luego la arrojó desde el balcón.
Reynoso fue detenido, luego liberado y nuevamente apresado el 9 de junio de 2021 tras permanecer dos meses prófugo y con un ofrecimiento de recompensa de un millón y medio de pesos dispuesto por el Ministerio de Seguridad nacional para quien ayudara a localizarlo.
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