Por travestirse, un tribunal islámico de Nigeria condenó a ocho hombres a 10 latigazos

Los hombres se declararon culpables y pidieron clemencia al juez Tamim Sani Hausawa.

Por Canal26

Miércoles 1 de Noviembre de 2023 - 17:27

Latigazos. Foto: EFE Latigazos. Foto: EFE

El tribunal de Kano, la ciudad más grande del norte de Nigeria, condenó a ocho hombres a 10 latigazos por travestirse. Se trata de un acto contrario a la ley islámica.

El mismo tribunal también condenó a los hombres a tres meses de prisión, de los que podrían librarse si pagan una multa de 10.000 nairas (13 dólares). Los hombres se declararon culpables y pidieron clemencia al juez Tamim Sani Hausawa.

Los acusados fueron arrestados en un casamiento vestidos con ropa de mujer y "bailando seductoramente", lo que se considera inmoral según las normas y la cultura islámicas.

Tribunal de Kano. Foto: punchng Tribunal de Kano. Foto: punchng

Kano tiene una población principalmente musulmana, donde la sharia (ley islámica) se aplica paralelamente al derecho común. El tribunal se encuentra en la sede de la policía de la sharia en Kano, que es conocida por irrumpir en burdeles, bares y casamientos, donde se mezclan hombres y mujeres, y por destruir cerveza después de confiscar las entregas que ingresan a la ciudad.

Esta es la segunda condena por travestismo en esta ciudad desde 2004, cuando un joven fue condenado a un año de prisión por vivir disfrazado de mujer junto a otras mujeres.

La Venecia de África. Fuente: Captura

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India contra el matrimonio igualaritario

El Tribunal Supremo de la India tomó una decisión que representa un duro golpe para la comunidad LGTBIQ+. Esto se debe a que la justicia india rechazó la legitimación del matrimonio entre personas del mismo sexo, una medida que buscaba avanzar en los derechos de la comunidad lego de que lograr, hace más de cinco años, la despenalización de la homosexualidad.

India rechazó el matrimonio homosexual. Foto: Reuters. India rechazó el matrimonio homosexual. Foto: Reuters.

Con tres votos en contra y dos a favor, los jueces decidieron delegar la decisión final al Gobierno y al Parlamento, que si bien logró cierto entendimiento en cuestiones como el concepto del matrimonio, no hubo acuerdo en otras vinculadas al derecho de la adopción conjunta de parejas no casadas o queer, aquella persona que no es heterosexual o cisgénero y rechaza ser clasificada por sus género o orientación sexual para no limitar su experiencia como persona.

De esta manera, India dejó pasar la oportunidad de marcar un nuevo hito en el avance de los derechos de las personas de la comunidad LGTBIQ+, que coincidieron en que la Constitución de dicho país no establece el matrimonio como un derecho fundamental.

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