La mujer no gestante en parejas homosexuales podrá tener la baja por maternidad en Brasil

Según el Supremo, la baja por maternidad entra dentro del deber constitucional de proteger al menor.

Por Canal26

Miércoles 13 de Marzo de 2024 - 20:43

Bebés, niños, infancia. Foto: Unsplash Bebés, niños, infancia. Foto: Unsplash

Las mujeres no gestantes en parejas homosexuales tendrán derecho a la baja por maternidad, según estableció la Corte Suprema de Brasil. A partir de este momento, si la madre que dio a luz hace uso del beneficio, su pareja podrá tener acceso a un permiso equivalente a la paternidad.

En Brasil, la baja por maternidad para trabajadoras con contrato formal es de 120 días, aunque en algunos puede ir hasta los 180, mientras que el de paternidad es de apenas cinco días, con posibilidad de extenderse hasta 20.

Bebés, niños, infancia. Foto: Unsplash Bebés, niños, infancia. Foto: Unsplash

Playa de Brasil. Foto: Unsplash.

Te puede interesar:

Vacaciones 2025: cuánto sale alquilar una semana en Brasil, Mar del Plata y Bariloche

Un caso real como punto de partida

La corte analizó el caso concreto de una pareja homosexual en la que una de las mujeres se sometió a un procedimiento de inseminación artificial con el óvulo de su pareja, una funcionaria del municipio de São Bernardo do Campo, en la zona metropolitana de São Paulo.

La funcionaria pidió la baja por maternidad, ya que la madre gestante era una trabajadora autónoma. Sin embargo, le fue negada bajo el argumento de que ese escenario no está previsto en la legislación.

Luego de este hecho, recurrió a los tribunales, donde alegó que el futuro bebé formaría parte de una "familia compuesta por dos madres" y que, ante la "imposibilidad" de que la gestante pueda quedarse en casa por su condición de trabajadora autónoma, es ella la que tiene derecho a la baja por maternidad.

Embarazo. Foto: NA. Embarazo. Foto: NA.

Como consiguió fallos favorables en primera y segunda instancia, el municipio recurrió a la máxima instancia judicial del país.

Según el Supremo, la baja por maternidad entra dentro del deber constitucional de proteger al menor, y en ese sentido, tiene que garantizarse independientemente de la configuración familiar.

"El permiso también tiene por objeto proteger a las madres adoptivas y a las madres no embarazadas de uniones del mismo sexo, que aunque no experimentan los cambios típicos del embarazo, soportan todas las demás funciones y tareas que les corresponden tras la formación del nuevo vínculo familiar", sostuvo el juez Luiz Fux, instructor del caso.

Notas relacionadas