PAMI: cómo acceder al nuevo beneficio exclusivo para jubilados y pensionados

El Programa de Atención Médica Integral (PAMI) puso a disposición de los jubilados y pensionados que se encuentran registrados en dicho organismo previsional un sistema de reintegro para prestaciones médicas fuera de la cobertura de la entidad.

Por Canal26

Jueves 11 de Julio de 2024 - 12:10

Pami. Foto: PAMI. Pami. Foto: PAMI.

En los últimos días, el Programa de Atención Médica Integral (PAMI) informó sobre el nuevo beneficio a disposición de los jubilados y pensionados que se encuentren registrados en este organismo previsional. Se trata de un sistema de reintegro en aquellos medicamentos o tratamientos que solo están disponibles en los sistemas privados. 

Si bien PAMI se encarga de garantizar una cobertura médica a quienes estén registrados en su sistema, lo cierto es que determinados tipos de tratamientos o medicamentos quedan por fuera de su área, por lo cual implementaron este reintegro. Este podrá solicitarse a través de un trámite dentro del periodo establecido por el organismo. 

PAMI, obra social de los jubilados y pensionados. Foto: PAMI. PAMI, obra social de los jubilados y pensionados. Foto: PAMI.

Para ello, los jubilados o pensionados que hayan recibido el tratamiento o medicamento, o incluso su apoderado o familiar autorizado, podrán acceder a este beneficio solo con completar la solicitud de reintegro, que se encuentra en la página oficial de PAMI. Tienen algunos requisitos como presentarla antes de que se cumplan los 180 días de haber obtenido la prestación y deben justificar el motivo por el cual se atendieron fuera de la obra social. 

El trámite de solitud de reintegro deberá ir acompañado del DNI, la factura del gasto efectuado y otros documentos que respalden el tratamiento o el medicamento adquirido por la persona afiliada. 

PAMI ofrece servicio odontológico gratuito. Foto: PAMI. PAMI ofrece servicio odontológico gratuito. Foto: PAMI.

PAMI. Fuente: PAMI

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¿Cómo realizar el trámite de reintegro? 

El trámite de solicitud de reintegro debe realizarse antes de que se cumplan los 180 días de haber adquirido la prestación médica por fuera de PAMI, con el cual también se deberá presentar documentación que verifique la información, como las facturas con los costos, el tipo de servicio y la cobertura que le corresponde, el cual consiste de las siguientes:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI). En caso de que sea un familiar o un tercero el que realice el trámite, deberá presentar su DNI.
  • Credencial de afiliación.
  • Factura discriminada de algún gasto efectuado (es fundamental que sea la original, donde pueda verse con claridad el nombre, apellido, y domicilio del afiliado).
  • Formulario de Solicitud de Reintegro de Gastos (disponible en el sitio oficial de PAMI).
  • Documentación y/o antecedentes clínicos que respalden con nombre de la persona afiliada.

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