Así lo determinó, en fallo inédito, la Cámara Federal de Mendoza. La causa sienta jurisprudencia.
Por Canal26
Domingo 26 de Mayo de 2019 - 16:00
La Justicia Federal de Mendoza ordenó a Facebook de Argentina eliminar el contenido y fotos de tres menores de edad que se encontraban publicados en dos perfiles administrados por una persona adulta que se negaba a removerlos.
La medida, una resolución de la Sala "B" de la Cámara Federal de Mendoza, que integran los jueces Gustavo Castiñeira de Dios y Alfredo Rafael Porras, fue dada a conocer el viernes y es un fallo inédito que sienta jurisprudencia en toda la Argentina.
Hasta ahora, Facebook Argentina SRL no accedía a intervenir frente a las múltiples demandas de abogados en casos similares.
El argumento, invalidado en la sentencia judicial, se basaba en que Facebook Inc. y Facebook Argentina son sociedades diferentes y que esta última se encarga sólo del direccionamiento de la publicidad en el país y no de operar el servicio, ningún sitio web ni la información que allí se publica.
Sin embargo, la Justicia Federal ordenó a la filial argentina de la compañía estadounidense que se encargue de arbitrar los medios para que los contenidos desaparezcan de esos perfiles.
De acuerdo a lo que se desprende de la resolución de la Justicia Federal mendocina, "la participación de Facebook Argentina SRL está circunscripta por ser la representante en nuestro territorio de Facebook".
El caso se inició hace dos años, cuando la abogada especialista en Derecho Informático Bárbara Peñalolza comenzó a defender a los tres menores mendocinos por el "uso indebido de imagenes de niños y adolescentes" que hacían dos perfiles de Facebook.
"Cuando iniciábamos acciones contra Facebook Argentina SRL en todo el país, los abogados nos veíamos con el inconveniente de que la empresa nos decía que no tenía legitimación pasiva, es decir, que no era a quien teníamos que demandar", dijo la letrada.
Y agregó: "La firma decía que era simplemente una sociedad dedicada a la publicidad y no podría dar cumplimiento a una sentencia para borrar determinados contenidos o perfiles. En todos los juicios a nivel nacional, la compañía sigue respondiendo eso".
Sin embargo, en el fallo, la Cámara "B" sostuvo que "Facebook, más allá de la estructuras de representación y formas sociales adoptadas por la empresa para cada país, se encuentra constituida comercialmente en nuestra República como Facebook Argentina SRL, quedando, en consecuencia, sometida a la legislación argentina".
Con ese marco, finalizó la abogada: "Facebook Argentina SRL no puede eludir las mandas judiciales impuestas alegando que carece de facultades para ello, por lo que la firma debe hacer conocer y cumplir las resoluciones judiciales notificadas al domicilio por ella constituida en el país".
Tal como explicó la abogada, la medida "simplifica la litigiosidad y permite demandar directamente a estas empresas". "Significa que, cuando veo dañada mi dignidad, puedo acudir y demandar a los representantes de la red social en Argentina", explicó.
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