El Documento Nacional de Identidad es obligatorio para llevar a cabo el sufragio en las votaciones generales. Enterate con qué DNI podés ir a votar.
Por Canal26
Domingo 22 de Octubre de 2023 - 09:20
Este domingo 22 de octubre, Argentina elige entre Javier Milei (La Libertad Avanza), Sergio Massa (Unión por la Patria), Patricia Bullrich (Juntos por el Cambio), Juan Schiaretti (Hacemos por Nuestro País) y Myriam Bregman (Frente de Izquierda) para ser nuevo presidente.
Para llevar a cabo el sufragio, es obligatorio contar el Documento Nacional de Identidad (DNI). Conocé cuáles son las reglamentaciones establecidas en caso de haber perdido o sufrido el robo del mismo.
Según la Cámara Nacional Electoral, el elector o electora que haya extraviado su DNI o fuese robado no podrá emitir su voto, ya que no cuenta con el documento con el cuál corresponde acreditar su identidad ante la autoridad de mesa y los fiscales.
En base a ello, hay que justificar la ausencia de los comicios en un lapso de 60 días ante el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar. Allí, deberá presentar la denuncia policial que da cuenta de su justificación. Una vez dentro del sitio web, deberá adjuntar número de DNI, género y distrito.
Conforme el artículo 11 del Código Electoral, el elector también puede pedir amparo al juez federal con competencia electoral para que le sea entregado su documento cívico retenido indebidamente por un tercero.
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Los DNI habilitados para votar en las elecciones:
Por otro lado, solo se permite votar con la misma versión con la que se figura en el padrón o con una posterior. El DNI digital no es un documento que permita acreditar identidad ante las autoridades electorales y fiscales. No se considera probatorio de la identidad del elector ningún comprobante de documento en trámite.
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Uno de los puntos más importantes al momento de votar, es tener el documento en buenas condiciones. Asimismo, puede pasar que los datos que figuran en el documento no coincidan con la información registrada en el padrón electoral o que, simplemente, haya errores en el DNI.
A continuación, los errores que no afectan los votos:
- Cuando el nombre no coincida exactamente con el del padrón: en estos casos, se verificará que los otros datos como el número de documento, el año de nacimiento y el domicilio coincidan.
- Cuando el tipo de documento o domicilio no sea el mismo: el elector podrá emitir el voto siempre que el nombre y el resto de los datos concuerden.
- Cuando el tipo de documento no coincida con el del padrón: se permitirá votar siempre y cuando se presente un documento igual o posterior al que está registrado, incluso si hay diferencias entre el presentado y el registrado.
- Cuando el DNI válido no cuente con fotografía: para poder votar, aquellos que presenten este tipo de documento deberán responder correctamente las preguntas sobre sus datos personales que le realice el presidente de mesa junto con cualquier otra información necesaria para validar su identificación.
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