Yael Bendel, Asesora General del Ministerio Público Tutelar de la CABA, dilogó con RADIO LATINA sobre el caso y denunció la ausensia del Estado en este caso. La joven que quedó embarazada era violada por su padrastro desde los 13.
Por Canal26
Viernes 2 de Agosto de 2019 - 15:49
Una jueza de Corrientes autorizó una adopción prenatal a pedido de una joven que afrontaba un embarazo producto de una violación y que meses antes había reclamado un aborto no punible, tras lo cual abogados de una agrupación católica advirtieron hoy que se trata de una situación que "no está regulada" y señalaron que la magistrada "pervierte una institución como la adopción".
Yael Bendel, Asesora General del Ministerio Público Tutelar de la CABA, dilogó con RADIO LATINA sobre el tema. "Llamó la atención, pero lo que hubo es que cuando la manifestación de no poder cuidar a un niño durante el embarazo, se debe esperar 45 días para darlo en adopción. No significa que la madre debe estar esos días", manifestó en "Formato Paulino".
La medida fue dispuesta el 12 de julio último por la jueza de Familia de Paso de los Libres, Marta Legarreta, quien además inició una demanda contra el padrastro de la víctima por abusar sexualmente de ella en forma reiterada desde que tenía 13 años, indicó el fallo.
"La jueza puede pedirle al Estado que el bebé vaya a un hogar o convocar a un convocante a adoptar. Esto da cuenta de una comunidad y un Estado ausentes que no intervinieron a tiempo cuando la adolescente, siendo una niña de 13 años, fue abusada y como consecuencia de ello, tuvo su hijo", destacó.
En la resolución de cinco páginas, la magistrada decidió otorgar a una pareja, con "carácter cautelar, urgente y condicionada a la ratificación del consentimiento materno en un plazo de 45 días", el cuidado personal provisorio de la niña que nació un día después del fallo en el hospital San José.
El matrimonio que obtuvo la tenencia provisoria es de Paso de los Libres y logró la autorización de Legarreta de llevarse a la beba luego de que la joven de 18 años que inició el trámite de entrega para adopción prenatal expusiera su voluntad en el juzgado.
"Hay un desconocimiento total de la ley, no conocen el Código Penal que tienen que acceder si o si a la práctica. Esto pasa en Corrientes, Salta, Tucumán y tiene que ver con prácticas locales. Los médicos tienen una responsabilidad penal por no ejercer la práctica", cerró.
En la misma resolución, Legarreta ordenó al hospital que le conceda a la joven "la mayor privacidad, confidencialidad, respetando en todo momento el derecho a la preservación de su intimidad".
Y, le indicó a la joven madre "que goza de plena libertad para cambiar su decisión desde el momento mismo del nacimiento del niño, o en caso de mantenerse firme, hasta ratificarla luego de los 45 días posteriores al nacimiento".
El caso surgió luego de que la joven embarazada de 23 semanas se escapara de su hogar en la localidad de Alvear, a 440 kilómetros de la capital correntina, hacia la casa de una tía, en el paraje Yuquerí, en Paso de los Libres.
Acompañada por la mujer, la joven fue al juzgado de Legarreta para pedirle autorización para la realización de un aborto no punible.
Según el fallo, la joven denunció que su embarazo era producto de un abuso de su padrastro, que en reiteradas oportunidades la violó y de quien, incluso, tiene ya otra hija de dos años.
De acuerdo a la sentencia, el hombre la violaba desde que tenía 13 años.
Tras "ser informada" sobre el derecho a practicarse un legrado (raspado uterino) por tener un embarazo en curso producto de una violación, la mujer acudió al hospital "donde se interiorizó de los riesgos que implicaba el tratamiento, por lo que decidió entregar en adopción a la niña por nacer", explicó la jueza en su resolución.
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