El Gobierno reglamentó los artículos 205 y 206 de la Ley de Financiamiento Productivo, que habilitan el desarrollo de inversiones de largo plazo en el mercado de capitales con fines productivos o de desarrollo inmobiliario a través de herramientas como son fondos comunes de inversión cerrados o fideicomisos financieros.
Por Canal26
Jueves 30 de Mayo de 2019 - 08:25
El Gobierno reglamentó los artículos 205 y 206 de la Ley de Financiamiento Productivo, que habilitan el desarrollo de inversiones de largo plazo en el mercado de capitales con fines productivos o de desarrollo inmobiliario a través de herramientas como son fondos comunes de inversión cerrados o fideicomisos financieros, de acuerdo a lo publicado en el Boletín Oficial.
"La Secretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda informa que mediante el Decreto presidencial N° 382/2019 publicado en el Boletín Oficial, se reglamentaron los artículos 205 y 206 de la Ley de Financiamiento Productivo cuyo objetivo es canalizar el ahorro hacia inversiones de largo plazo a través del mercado de capitales, con herramientas eficientes como los fondos comunes de inversión cerrados y los fideicomisos financieros", indicó Hacienda en un comunicado.
El marco legal y la reglamentación habilitan incentivos a estos instrumentos para canalizar fondos hacia la economía real a través del mercado de capitales y además, promueve el desarrollo de vivienda social al establecer beneficios impositivos particulares para los inversores.
Esto implica que ambos tipos de instrumentos serán fiscalmente transparentes, es decir que no tributarán Impuesto a las Ganancias por las rentas obtenidas en Argentina.
El pago del impuesto quedará a cargo del inversor, quien deberá tributar solo en la medida que se distribuyan las ganancias de su inversión, creando un fuerte incentivo a la inversión de largo plazo.
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