Tendrán que ser inscriptos los contratos en el Registro de Locaciones de Inmuebles, luego de la reglamentación para las locaciones previsto en la nueva Ley de Alquileres. Descontento en dueños e inquilinos.
Por Canal26
Lunes 22 de Febrero de 2021 - 09:27
Dueños de cocheras alquiladas también deberán registrar su contrato en la AFIP.
Los propietarios de cocheras particulares deberán, a partir del 1 de marzo, inscribir los contratos en el Registro de Locaciones de Inmuebles. Será de la misma manera que los dueños de inmuebles (departamentos en alquiler), y luego de conocerse la reglamentación de este mecanismo que está previsto en la nueva Ley de Alquileres.
"Entran absolutamente todas las locaciones de inmuebles, incluidas las cocheras", dijo al sitio Infobae el presidente del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires, Armando Pepe.
Sobre el tema también habló con el medio, José Rozados, titular de Reporte Inmobiliario: "Al especificar que tienen que registrarse las locaciones de inmuebles urbanos, se encontrarían comprendidas las cocheras".
Mientras que el tributarista Sebastián Domínguez dijo al sitio que "si la cochera se alquila como un inmueble, es decir que un propietario le alquila a un vecino, entraría en la normativa y debería ser registrada en AFIP".
Recientemente, se reglamentó el registro previsto por la Ley de Alquileres sancionada el año pasado. Fue en la Resolución General 4933 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicada en el Boletín Oficial. Con esta decisión, y según se detalla, se estableció que los contratos celebrados a partir del 1 de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional para su registración hasta el 15 de abril.
De esta manera, los propietarios que tienen inmuebles alquilados deben tributar una alícuota de 1,5% de Ingresos Brutos sobre el valor del alquiler en la Ciudad de Buenos Aires y 3,5% en la provincia de Buenos Aires.
Al respecto del tema, se dio a conocer que en la Ciudad de Buenos Aires están eximidos del pago del Ingresos Brutos los propietarios que alquilen hasta dos inmuebles destinados a vivienda por debajo de los $30.000 mensuales cada uno.
Según la normativa de AFIP, los contratos alcanzados por el régimen son las locaciones de bienes inmuebles urbanos, arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales, locaciones temporarias de inmuebles (urbanos o rurales) con fines turísticos, de descanso o similares.
AFIP informó que todos los contratos deberán ser informados en forma digital ingresando con Clave Fiscal en afip.gob.ar al servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles - reli-contribuyente”. Incluso, se permite que los intermediarios como corredores, inmobiliarias y escribanos (que no están obligados) registren un contrato en representación de sus clientes.
Se supo, además, que habrá sanciones para aquellos que incumplan y no presenten la información requerida dentro del régimen de registración de contratos de locación de inmuebles.
Al respecto, el presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina, Alejandro Bennazar, dijo en declaraciones radiales que "era inminente que en algún momento esto sucediera, toda medida que se toma es en base a la nueva ley" y que "consideramos que el plazo es corto, hay tiempo hasta el 15 de abril. Vamos a intentar que esto se pueda llevar adelante lo más rápido posible".
Según datos de Inquilinos Agrupados, el 80% del mercado se maneja en la informalidad. Aseguran que "es fundamental esta medida para terminar con una evasión multimillonaria, para que los inquilinos reciban facturas y puedan hacer cumplir sus derechos". La decisión ya generó el descontento de dueños e inquilinos que venían manejándose de otra manera hasta ahora.
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