La medida tiene como espíritu conceder un espacio de reflexión a los votantes en la antesala de su decisión. Se realiza 48 horas antes del inicio de los comicios.
Por Canal26
Sábado 12 de Agosto de 2023 - 19:38
Este domingo 22 de octubre, Argentina elige a su nuevo presidente, el cual saldrá de los siguientes cinco candidatos: Sergio Massa, Patricia Bullrich, Javier Milei, Juan Schiaretti y Myriam Bregman. A continuación, las prohibiciones que regirán durante la veda electoral en todo el país.
Conforme establece la legislación, la medida contempla la prohibición de realizar actos públicos, proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales. Según el Código Electoral, el día de la elección se prohíbe publicar y difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de los comicios entre las 8 y las 21, es decir durante la realización de los comicios y hasta 3 horas después de su cierre.
Según el artículo 71 del Código Electoral, se establece que la veda electoral "debe comenzar a regir 48 horas antes de la apertura de los comicios y finalizará tres horas después de terminar la jornada electoral", es decir, a las 21 (hora argentina) del domingo.
Argentina elige presidente este domingo 22 de octubre. Foto: NA.
"Quienes no cumplan con la veda se ven expuestos a posibles denuncias o sanciones, siempre y cuando se compruebe la violación del Código Electoral", sostiene.
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Entre las actividades que contempla la veda, se encuentra la prohibición de realizar actos de campañas por parte de los candidatos presidenciales. Además, queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 20 del sábado y hasta las 21 del domingo.
Se prohíbe la realización de "los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado". Y también no se permite "tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio".
Según lo establece el artículo 140, la pena prevista para quien "con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo" es de 2 meses a 2 años de cárcel, mientras que a quien "utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio tendrá hasta 3 años de presión".
Por su parte, a los ciudadanos se les podrá cobrar una multa comprendida de entre $10 mil y $100 mil si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación.
La misma multa será aplicada a aquellas personas que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin. En tanto, si los candidatos no cumplen con la veda podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años. También, dejan de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.
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