El oficialismo logró aprobar el pliego, aunque tuvo que aceptar una moción presentada por JxC para votarlo de manera separada de los otros 32 que formaron parte de la discusión.
Por Canal26
Viernes 29 de Septiembre de 2023 - 10:25
Tras la aprobación del pliego en el Senado, la situación de Ana María Figueroa seguirá un camino legal. El retiro de la magistrada había sido confirmado por la Corte Suprema de Justicia tras cumplir su edad jubilatoria de 75 años, en una votación en la que debió desempatar la presidenta provisional de la Cámara Alta, Claudia Ledesma Abdala de Zamora.
A la confirmación aún le falta todavía un paso formal: la firma del decreto de designación por parte del presidente, Alberto Fernández. Ello todavía no ocurrió; de hecho, no hay nada en ese sentido publicado en el Boletín Oficial de hoy.
Cuando eso ocurra, Figueroa estará en condiciones de presentarse ante el presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, Mariano Borinsky, a prestar nuevo juramento e intentar retomar su cargo.
Figueroa fue, hasta su cesantía por la Corte Suprema, la presidenta de la Casación.
En ese momento coexistirán, por un lado, una decisión de la Corte Suprema que la cesó en el cargo desde el día que cumplió 75 años de edad y, por el otro, una nueva designación con intervención del Senado y del Poder Ejecutivo.
Sea cual fuere la decisión de Borinsky, por una u otra vía la situación terminará judicializada.
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En ese sentido, el antecedente más parecido es el de los camaristas federales Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, quienes –ante una decisión del Consejo de la Magistratura para que regresaran a los tribunales orales desde los que habían sido trasladados por decreto de Mauricio Macri- presentaron amparos en el fuero Contencioso Administrativo Federal.
Cuando obtuvieron fallos desfavorables para sus pretensiones de continuidad, la Corte aplicó el per saltum y dictó una resolución que coincidió en que no debían permanecer en esos cargos pero les avaló la continuidad hasta tanto se designaran a sus reemplazantes definitivos.
Bruglia y Bertuzzi continúan en los mismos cargos de integrantes de la Cámara Federal porteña.
Durante el debate parlamentario, el senador oficialista José Mayans y Juliana Di Tulio expusieron que la Corte, al jubilar a Figueroa, se tomó una atribución que no está prevista ni en la Constitución, ni en las leyes.
Ello presagia que objetarán una eventual nueva intervención del máximo tribunal, si se diera el caso de que tuvieran que intervenir para ratificar o rectificar su decisión respecto de Figueroa.
También, en el plano de las hipótesis, podría ocurrir que la Corte volviera a pronunciarse aclarando el panorama sobre la situación de Figueroa.
Voceros judiciales señalaron que sólo hay un antecedente conocido a nivel internacional de una situación de esta naturaleza: es del año 1800 y ocurrió en Estados Unidos, en un caso conocido como “Marbury Vs. Madison”.
El Poder Judicial estadounidense demoró tres años en resolverlo y la conclusión final fue un límite al “control de constitucionalidad” de los jueces, una suerte de valladar frente a las decisiones políticas.
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