El Estado recuperará los bienes de delitos complejos incluso antes de que exista una condena firme. Se podrá aplicar con 15 años de retroactividad.
Por Canal26
Lunes 21 de Enero de 2019 - 20:39
El presidente Mauricio Macri anunció hoy que a través de un DNU implementará la extinción de dominio para los bienes provenientes de la corrupción, el narcotráfico y el crimen organizado, luego de que la iniciativa quedara trabada desde hace años en el Congreso por falta de acuerdo con la oposición.
En el Salón Blanco de la Casa Rosada, el mandatario señaló que el objetivo de la medida es que "la justicia pueda avanzar más rápido en la recuperación" de bienes adquiridos como consecuencia de actividades delictivas y tendrá retroactividad de 20 años, con lo cual la extinción de dominio se podrá aplicar desde hechos cometidos en 1999 hacia adelante, indicaron voceros oficiales.
Según la ley, una vez dictado y publicado en el Boletín Oficial, el DNU presidencial ya tiene plena vigencia, salvo que sea rechazado por ambas cámaras del Congreso, mientras que antes la comisión bicameral de Trámite Legislativo debe pronunciarse pero no sobre el contenido sino sobre la validez del DNU.
La extinción de dominio significa que una persona con activos obtenidos por medio de un delito deja de ser el dueño de los bienes que ha robado al Estado.
De acuerdo a cálculos oficiales, existen unos 20.000 millones de pesos en bienes sometidos a medidas cautelares en causas por delitos de narcotráfico, lavado de dinero y corrupción.
La normativa penal vigente permite embargar, secuestrar y decomisar bienes mal habidos pero los corruptos siguen siendo sus dueños y al Estado se le complica poder hacer algo con ellos.
Según el proyecto que se había tratado en Diputados, solo con una imputación cualquier fiscal puede pedirle a un juez civil que dicte la extinción de dominio, que puede resolverse sin que haya sentencia penal, es decir con la sola sospecha de que una persona le robó al Estado.
En cambio, el proyecto del PJ aprobado por el Senado establece como condición para habilitar la extinción de dominio que haya una condena penal confirmada al menos en segunda instancia.
PUNTOS MÁS DESTACADOS:
• Apunta a cortar la financiación de las organizaciones delicitvas.
• Crea una procuraduría de extinción de dominio a favor del Estado Nacional (PEDEN), dentro de la estructura de la Procuración General de la Nación, y será la encargada de llevar adelante las investigaciones preliminares, junto con los fiscales, presentará las demandas e impulsará las acciones.
• Busca alcanzar bienes suceptibles de valoración económica, mueble o inmueble, tangible o intangible, registrable o no, los documentos o instrumentos jurídicos que acrediten propiedad y otros derechos o cualquier otro activo susceptible de apreciación pecuniaria. También incluye los ingresos, rentas, frutos, ganancias y otros beneficios derivados de esos bienes.
• Persigue los beneficiados provenientes de delitos abarcados por el régimen de extinción son los de la ley 23.737 de estupefacientes, el contrabando de estupefacientes, precursores químicos y de armas, el amedrentamiento coactivo a particulares, gobiernos u organismos internacionales, la corrupción de menores, el proxenetismo, la distribución de pornografía infantil, la trata de personas y el secuestro extorsivo. También el fraude a la administración pública de un funcionario, el cohecho y la malversación de caudales públicos, las negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, las exacciones Ilegales y el enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados. Y el encubrimiento, los balances e informes falsos agravados, los delitos contra el orden económico y financiero y ciertas asociaciones ilícitas.
• Durante el proceso, la administración de los bienes estará a cargo de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE). El dinero en efectivo será administrado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
• Introduce la posibilidad de que el Ministerio Público desarrolle programas de colaboración de personas que aporten información bajo identidad reservada, el colaborador eficaz, fijando una compensación de hasta el 10 por ciento de los bienes a los que se le extinguiría el dominio.
• Cumple con obligaciones internacionales asumidas en las convenciones Internacionales contra la Delincuencia Organizada Transnacional y de las Naciones Unidas, e interamericanas contra el Terrorismo y contra la Corrupción.
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