El fiscal Carlos Altuve presentó un recurso de queja para que la Corte bonaerense se expida. Es por la resolución del juez Violini que abrió la puerta a unos dos mil presos de provincia de Buenos Aires en medio de la pandemia del coronavirus.
Por Canal26
Lunes 4 de Mayo de 2020 - 13:52
Motín de presos en cárcel de Villa Devoto. NA.
El fiscal Carlos Altuve presentó este lunes un recurso ante la Suprema Corte bonaerense para dejar sin efecto el fallo que habilitaba prisiones domiciliarias masivas en la provincia de Buenos Aires.
La presentación fue a través de un recurso de queja ante el máximo tribunal de la provincia de Buenos Aires que, si bien no tiene plazos para resolver el mismo, se abocará de manera inmediata, según confirmaron fuentes judiciales.
La Suprema Corte bonaerense primero deberá resolver si abre o no el recurso de queja y luego disponerse a definir el fondo de la cuestión.
Previo a resolver el Supremo Tribunal deberá correr traslado para que opinen el procurador de la provincia de Buenos Aires y el defensor público bonaerense.
El tribunal tiene que definir el fallo de la Cámara de Casación provincial que habilitó mediante un Habeas Corpus colectivo las prisiones domiciliarias masivas en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires.
La Fiscalía advirtió la “gravedad institucional” de esa resolución en donde “se ha vulnerado la garantía del juez natural que debe conocer en la situación de privación de libertad de las personas que se encuentren a su disposición, otorgando el arresto domiciliario a un numero indeterminado de personas”.
Y aunque reconoció “es necesario adoptar medidas urgentes y eficaces para paliar la situación de emergencia carcelaria y sanitaria”, reclamó que se deje sin efecto el fallo que había firmado el juez Victor Violini a inicios de abril que quedó en el centro de la polémica.
“No es mi objetivo alzar una barrera que obstaculice la toma de las medidas urgentes, esenciales e imprescindibles para resguardar la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Sin embargo, considero que tales medidas no deben ser tomadas con afectación a la distribución de competencias constitucionales y legales, ni mediante la vulneración de las leyes que ordenan el funcionamiento de la administración de justicia penal. Tampoco deben tomarse medidas que desconozcan abiertamente la letra expresa de la ley ni extraerse de la mera voluntad del juzgador”, sostuvo el fiscal.
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