ANSES: cómo cobrar la Prestación por Desempleo y cuáles son los requisitos a cumplir

La ANSES informó que, durante el mes de julio, y por única vez, los beneficiarios de la Prestación por Desempleo cobrarán hasta $234.000, a modo de refuerzo.

Por Canal26

Viernes 12 de Julio de 2024 - 11:46

Nuevo bono de ANSES. Foto: NA Nuevo bono de ANSES. Foto: NA

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó que aquellos beneficiarios de la Prestación por Desempleo cobrarán hasta $234.000 a modo de refuerzo durante el mes de julio por única vez, ya que el total de la asistencia económica puede variar entre los $118.00 y los 236.000. 

Cabe recordar que este programa está diseñado para los trabajadores en relación de dependencia que hayan sido despedidos sin justa causa, su contrato haya finalizado o que debieron dejar de trabajar por causas externas, ya que su objetivo es brindarles un soporte económico a los beneficiarios mientras encuentra un nuevo trabajo. 

ANSES. Foto: Télam. ANSES. Foto: Télam.

Además de proporcionarle una ayuda económica, también les ofrece una orientación y apoyo para facilitar su inserción laboral por medio de programas de capacitación, asesoramiento laboral y servicios de intermediación, los cuales apuntan a fomentar el desarrollo de habilidades y facilitar la transición hacia nuevas oportunidades de empleo. 

Este beneficio se cobra por medio de la Caja de Ahorro de la Seguridad Social. En el caso de que el beneficiario no posea una cuenta registrada con ANSES, deberá presentarse en la sucursal bancaria que el organismo previsional le asigne, para así formalizar la apertura de la cuenta y recibir una tarjeta por la cual podrá cobrar la prestación. 

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Nuevo bono de ANSES. Foto: NA

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¿Cómo tramitar la Prestación por Desempleo?

La ANSES explica que la Prestación por Desempleo es exclusivo para quienes se trabajaban bajo relación de dependencia y fueron despedidos injustificadamente, o porque su vínculo laboral haya finalizado por razones ajenas a su control, como puede ser la conclusión del contrato laboral, la declaración de bancarrota del empleador, o el fallecimiento, jubilación o incapacidad del mismo. Por lo cual, quienes haya caído en esta situación deben seguir estos pasos para acceder a la prestación: 

  • Reunir toda la documentación personal y familiar correspondiente. También, se debe contar con un documento que acredite el desempleo, como un telegrama de despido o copia del contrato de trabajo vencido.

  • Ingresar en Atención Virtual de "MiANSES" con CUIL y Clave de la Seguridad Social o realizarlo en una oficina de ANSES con turno previo.

ANSES. Foto: NA ANSES. Foto: NA. 

Quienes pueden acceder a esta prestación son los trabajadores permanentes, con al menos 6 meses de aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato; los trabajadores eventuales y de temporada, los cuales deberán haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el año previo a la finalización del trabajo; y los trabajadores de la construcción, los cuales deben tener al menos ocho meses de trabajo con aportes en los dos años anteriores al despido o finalización de obra.

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