Se intimó a las empresas de la cadena de producción, distribución y comercialización de productos en el Programa, a "incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión".
Por Canal26
Miércoles 31 de Marzo de 2021 - 10:02
Precios Máximos. Foto: NA.
La Secretaría de Comercio Interior prorrogó este miércoles, por quinta vez, la vigencia del Programa Precios Máximos, que ahora se extenderá hasta el 15 de mayo próximo.
Además, intimó a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización de los productos que forman parte del Programa, a "incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión".
La decisión se formalizó este miércoles por medio de la Resolución 281/2021, publicada en el Boletín Oficial.
Según el Poder Ejecutivo, la medida -que abarca un universo de alrededor de 23 mil artículos- "es temporaria, resultando necesaria, razonable y proporcionada con relación al desafío que enfrenta nuestra Nación" frente a la pandemia.
En ese sentido, la nueva Resolución indicó que debe tenerse en cuenta que el contexto de pandemia mundial "exige se tomen todas las medidas necesarias para morigerar su impacto en el sistema económico y asegurar a la población el acceso equitativo y razonable a bienes básicos de consumo".
"En razón de ello, deviene imperativo salvaguardar el bienestar del pueblo argentino, evitando los efectos perniciosos de aumentos generalizados e irrazonables de bienes básicos de consumo general, y a la vez asegurar su acceso en condiciones razonables, justas y equitativas", añadió el texto oficial.
Precios Máximos comenzó a regir en marzo el año pasado, cuando Comercio Interior detectó un aumento "generalizado e irrazonable" de los alimentos, productos de higiene y cuidado personal, por lo cual dispuso transitoriamente la fijación de precios de venta al consumidor final de tales bienes a los valores vigentes al 6 de marzo de 2020.
Ese Programa fue prorrogado desde aquel entonces, y la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de los Consumidores fue facultada para que en aquellos casos en los que se acrediten debidamente variaciones en las estructuras de costos que afecten sustancialmente la situación económica financiera de las empresas, se puedan establecer nuevos precios máximos de los productos.
De ese modo, tanto en julio como en octubre del año pasado se fijaron nuevos valores máximos, que se aplicaron sobre los precios vigentes al 6 de marzo de 2020.
Comercio Interior también estableció que las empresas deben poseer, en cada uno de sus puntos de venta, los listados de precios de cada producto incluido en el Programa, debiendo constar el precio vigente al 6 de marzo y el precio actual, conforme la aplicación del porcentual de incremento autorizado.
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