Este jueves el Gobierno oficializó la entrega de una nueva ayuda económica, la cual llega con el nuevo aumento de los haberes previsto para el mes de agosto.
Por Canal26
Jueves 25 de Julio de 2024 - 10:52
El mes de agosto llega con novedades para los jubilados, puesto que este jueves 25 de julio el Gobierno oficializó el otorgamiento de un nuevo bono de $70.000 para el próximo mes, destinado para aquellos que perciban el haber mínimo, según lo establecido en el Decreto 667/2024, publicado en el Boletín Oficial.
De esta manera, las jubilaciones mínimas quedarán en $295.454,42, puesto que ya se encontraba previsto que el monto fijo de los haberes para el octavo mes del año había quedado fijado en $225.454,42, tras el aumento del 4,58% determinado en línea con la inflación de junio.
A través del Decreto, el Ejecutivo aludió al Índice de Movilidad Jubilatoria que se aplicaba desde marzo de 2021, por la Ley N° 27.609, donde expuso los efectos adversos de la inflación en las jubilaciones abonadas bajo esta fórmula. “La fórmula allí establecida presentaba graves y serios inconvenientes, en tanto no resguardaba el riesgo inflacionario que afectaba los beneficios de los adultos mayores, puesto que no contemplaba la variación de los precios y presentaba un gran desfasaje entre la evolución de las variables económicas y su traslado a los haberes, entre otras cuestiones”, puntualizó el texto.
Con base en esta situación, el Gobierno fue implementando distintas ayudas económicas previsionales en los últimos meses. Desde el inicio del mandato de Javier Milei, se otorgaron dos bonos de $55.000 en los primeros dos meses del año y seis bonos de $70.000 desde marzo hasta el recientemente anunciado para agosto.
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De acuerdo con el Decreto publicado este jueves en el Boletín Oficial, el nuevo bono de $70.000, el cual se da "a modo de compensación por los efectos adversos de ocasionados por la aplicación de la Ley N° 27.609 en los haberes previsionales de los adultos mayores de menores ingresos", quienes percibirán la nueva ayuda económica son:
Por otra parte, el texto señala que el bono "tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto" y agrega que "para percibir el presente Bono Extraordinario Previsional, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación".
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