La actividad turística se ve resentida ya que a partir de marzo de 2020 se establecieron restricciones a la circulación de las personas en todo el país con el objetivo de reducir la exposición al contagio de la COVID-19 en el marco de la emergencia sanitaria.
Por Canal26
Jueves 8 de Abril de 2021 - 16:33
Turismo internacional en Argentina. Foto: NA.
La pandema de coronavirus que azota a la Argentina, también tiene sus consecuencias en lo que hace a la actividad turística. Así, el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) informó este jueves respecto del Turismo Internacional y dijo que los arribos aéreos bajaron 95,3% interanual, y partidas 83,5%.
Como es de público conocimiento, a partir de marzo de 2020 se establecieron restricciones a la
circulación de las personas en todo el país con el objetivo de reducir la exposición al contagio de la COVID-19 en el marco de la emergencia sanitaria. En particular, de acuerdo al decreto nº 260/20, el 12 de marzo de 2020 quedaron suspendidas las llegadas de todos los vuelos internacionales de pasajeros que unían la Argentina con destinos considerados de riesgo. Solo la compañía Aerolíneas Argentinas fue exceptuada y continuó operando con un plan especial de contingencia para la repatriación de connacionales a partir del 17 de marzo de dicho año. En normas posteriores se ampliaron y modificaron las restricciones para el ingreso y egreso de pasajeros al territorio nacional a través de puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de frontera y cualquier otro punto de acceso.
Cabe señalar que las disposiciones mencionadas fijan algunas excepciones sobre la prohibición
de ingreso, por ejemplo, para quienes tienen causas justificadas, de acuerdo al decreto nº 274/20, con las normas complementarias y modificatorias. El Gobierno nacional implementó en abril de 2020, mediante el decreto de necesidad y urgencia nº 331/20, la apertura planificada y controlada de pasos terrestres, aéreos, fluviales y marítimos, bajo la modalidad de corredores seguros, para posibilitar el ingreso paulatino al territorio nacional de las personas residentes en el país y de los argentinos con residencia en el exterior que no hayan podido hacerlo durante la vigencia del decreto nº 313/20, en el marco de las medidas adoptadas para contener la COVID-19.
El 29 de octubre se publicó la decisión administrativa nº 1.949, donde el Gobierno nacional estableció la excepción al cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio para la actividad del turismo y el servicio público de transporte internacional a los efectos de realizar una prueba piloto de turismo receptivo, para turistas provenientes de países limítrofes que sean nacionales o extranjeros residentes en ellos y cuyo destino sea el Área Metropolitana de Buenos Aires.
El 30 de octubre se publicó la resolución nº 243/206 del Ministerio de Transporte, donde se encomendó a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) la aprobación de la programación de las operaciones de transporte aéreo internacional de pasajeros, respetando las restricciones de ingreso al país, establecidas en el decreto nº 274/20 y sus sucesivas prórrogas y excepciones. De este modo, se reanudaron los vuelos internacionales regulares que hasta dicho momento se venían realizando como vuelos especiales autorizados como excepción.
El 24 de diciembre de 2020, mediante la decisión administrativa nº 2.252/207 emitida por el jefe de Gabinete de Ministros, se estableció que: a) desde el día 25 de diciembre de 2020 hasta el día 8 de enero de 2021 se suspende la vigencia de la decisión administrativa nº 1.949; b) el Ministerio de Transporte, a través de la ANAC, suspenda autorizaciones que se hubieran otorgado de vuelos directos procedentes del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Australia, Dinamarca, Italia y Holanda, y con destino a esos países, ante el nuevo linaje en la secuenciación de muestras locales; y c) el Ministerio del Interior –a través de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM)– suspenda autorizaciones que se hubieran otorgado para ingresos y egresos a través de los pasos fronterizos habilitados (con excepción de los pasos fronterizos de San Sebastián e Integración Austral, ambos situados en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur), salvo para el ingreso de residentes y ciudadanos argentinos y las que se dispusieran de conformidad con el segundo párrafo del artículo 1° decreto nº 274/20 y sus modificatorios.
Informe completo del INDEC:
Turismo Internacional, febrero 2021. INDEC. by Diario 26 on Scribd
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