El Gobierno oficializó los montos máximos deducibles del impuesto para personas durante los períodos fiscales 2019, 2020 y 2021.
Por Canal26
Martes 22 de Enero de 2019 - 10:09
El Gobierno estableció los montos máximos deducibles del impuesto a las Ganancias para personas físicas, correspondientes al pago de seguros de muerte, de vida y retiro, que estarán vigentes durante los períodos fiscales 2019, 2020 y 2021.
Lo hizo a través del decreto 59/2019 publicado en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Mauricio Macri; del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne.
El mismo estableció para el período fiscal 2019 un monto máximo deducible de $ 12.000, para el 2020 una deducción tope de $ 18.000, y para el 2021 de $24.000.
La Ley del Impuesto a las Ganancias dispone que de los ingresos del año fiscal, cualquiera fuese la fuente que la origina, se pueden deducir las sumas que pagan los tomadores y asegurados por seguros para casos de muerte y seguros mixtos, excepto para los de retiro privados.
Para el caso de los seguros de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación, son deducibles tanto las primas que cubran el riesgo de muerte como las de ahorro; como también las sumas que se destinen a la adquisición de cuotapartes de fondos comunes de inversión que se constituyan con fines de retiro.
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